El TSXG ratifica la absolución de un acusado de abuso sexual
La víctima era hija de su pareja | La Audiencia ya lo había absuelto

La Audiencia Provincial. | I.O
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia—TSXG— ha confirmado la absolución de un hombre que había sido juzgado por presuntos abusos sexuales a una menor, desestimando el recurso de apelación interpuesto. El tribunal considera que no existen pruebas suficientes que permitan desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, aplicando el principio «in dubio pro reo». La sentencia ratifica así el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Ourense el pasado 29 de abril, que absolvía al hombre que convivió con la madre y la menor desde 2018 hasta mediados de 2023.
El tribunal, tras analizar de forma detallada las pruebas personales practicadas —incluyendo las declaraciones de la menor tanto en instrucción como en el juicio, que se celebró a puerta cerrada—, concluyó que existían dudas racionales sobre la veracidad de los hechos denunciados.
La parte recurrente alegaba un error en la valoración de la prueba y solicitaba la nulidad del fallo, pero la sala subraya que en casos de sentencias absolutorias no es posible una revisión plena de las pruebas personales si no han sido presenciadas directamente por el tribunal de apelación. En este sentido, la resolución recuerda que el derecho a un juicio con todas las garantías impide que una instancia superior condene a una persona absuelta basándose en una nueva valoración de testimonios personales, como los de la víctima, testigos o peritos, sin haber celebrado una nueva vista pública.
Según recoge la sentencia, el tribunal de Ourense ya había señalado que, pese a «no detectar motivos espurios» en la denuncia, las declaraciones de la menor presentaban deficiencias de «persistencia y coherencia», que no fueron suplidas por los testimonios de referencia ni por los informes periciales aportados. La niña habría relatado los hechos dos años después de que supuestamente ocurrieran, lo que, sumado a las contradicciones internas y la falta de elementos concluyentes, dejó al tribunal sin base suficiente para una condena.
El fallo puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
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