Elevan la indemnización que el alcalde y el Concello deben pagar al interventor
El TSXG corrige parcialmente la sentencia que ordenaba la readmisión del funcionario, por extralimitarse el Juzgado Social en sus competencias | Le concede 75.000 euros por daños morales

El alcalde y el interventor en una sesión plenaria. / Iñaki Osorio
REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia en la que eleva a 75.000 euros la indemnización por daños morales que el alcalde y el Concello de Ourense deben abonar al interventor municipal en el marco del conflicto judicial que enfrenta a ambas partes.
Esta resolución anula parcialmente la sentencia previa dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ourense, que había declarado nulo el cese del interventor y ordenado su reposición inmediata en el puesto. Sin embargo, el TSXG ha dejado sin efecto esa orden de readmisión y la declaración de nulidad total del expediente de cese, apuntando a una «incongruencia jurídica» en la decisión inicial.
El tribunal superior confirma que hubo una conducta constitutiva de acoso laboral, pero aclara que el juzgado de lo Social se «extralimitó» en sus competencias al anular el expediente de cese y ordenar la vuelta del funcionario, ya que esas decisiones solo pueden tomarse en la jurisdicción contencioso-administrativa, donde ya hay un proceso en marcha sobre el mismo tema.
Según explica la sentencia del TSXG, el juzgado laboral puede juzgar si hubo acoso o daños psicológicos y fijar indemnizaciones por ello, pero no tiene potestad legal para anular decisiones administrativas como un cese o para restituir de forma inmediata a un funcionario habilitado nacional, como es el interventor.
En concreto, el tribunal considera que la sentencia de instancia incurrió en una «incongruencia» al entrar a resolver sobre algo que corresponde a otro tipo de juzgado, lo que ha llevado a dejar sin efecto esa parte del fallo, pero también a aumentar la indemnización por daños morales, una decisión que sí pertenece al juzgado de lo Social y que reclamaba el interventor.
El contexto
El caso se remonta al verano de 2023, cuando el interventor emitió un informe en un pleno municipal que, según la sentencia de junio de 2024 del juzgado de lo Social, desencadenó una campaña de «desprestigio» por parte del alcalde. El juez dio por acreditado que Pérez Jácome llevó a cabo «acoso» contra el funcionario a través de intervenciones en plenos, publicaciones en redes sociales y finalmente con la apertura de un procedimiento de cese que calificó de «completamente ilegal».
La sentencia anterior, dictada en mayo de 2024, ya consideraba que el alcalde carecía de competencia para cesar al interventor, por tratarse de un funcionario protegido por legislación específica, y condenaba al Concello a pagarle 30.000 euros, además de reponerlo en el cargo.
Ahora, el TSXG corrige esa decisión en la parte que ordenaba la reincorporación del funcionario, aunque eleva la indemnización. El Concello ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo.
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