Ratifican la condena a Jácome por no dejar hablar en un pleno a la portavoz del PSOE

El TSXG desestima el recurso del Concello de Ourense y mantiene la sentencia por la vulneración por parte del alcalde del derecho a la participación política de la líder socialista

Jácome, en un pleno.

Jácome, en un pleno. / IÑAKI OSORIO

R. O.

Ourense

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la condena al alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, por vulneración del derecho a la participación política de la portavoz del PSOE de Ourense, Natalia González Benéitez, a la que interrumpió y privó de la palabra en un pleno municipal, en octubre de 2023. La sentencia del TSXG desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento. Aún tiene la posibilidad de recurrir en casación al Supremo. En el caso de que la condena contenciosa devenga firme, Jácome estará obligado a publicar en la web del Concello de Ourense el dictamen, así como también a hacer una lectura íntegra del fallo en el pleno municipal. La administración local es condenada a 1.000 euros en costas procesales.

El grupo municipal del PSdeG en Ourense anunció este lunes, en un comunicado, su intención de promover, este mes, una reforma «necesaria» y «urgente» del reglamento orgánico de funcionamiento del Concello de Ourense.

En la resolución inicial, que mantiene el TSXG, se indicaba que «cuando los concejales están en su uso de la palabra, sin alejarse de la cuestión debatida» y «dentro del tiempo razonable» para participar en el debate, «no cabe que en aras de una supuesta o no bien entendida facultad de dirección o de orden el alcalde-presidente interrumpa a quien hace uso legítimo de su turno de palabra». Las interrupciones continuas impiden «una verdadera participación de los ediles en el pleno» y «supone una extralimitación» del alcalde en la dirección del pleno. Además, los términos y expresiones» que dirigió a la edil «no se corresponden con el respeto institucional».

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