Ratifican la condena a un fisioterapeuta que perforó los pulmones a una paciente por una «evidente» mala praxis en la punción con agujas

El profesional sanitario fue «muy descuidado», obró con «clara impericia» y sin «la mínima cautela», observa la Audiencia Provincial | Causó a una joven una complicación que solo se registra en 1 caso de cada 10.000

El fisioterapeuta condenado, durante el juicio que se celebró en Ourense en 2024. |  FdV

El fisioterapeuta condenado, durante el juicio que se celebró en Ourense en 2024. | FdV

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Ourense

La Audiencia Provincial de Ourense comparte el criterio de la magistrada del Penal Número 2 y confirma la condena impuesta por la juzgadora a un fisioterapeuta que causó un neumotórax bilateral traumático a una joven paciente cuando le aplicó, el 27 de junio de 2019, durante una sesión para resolver unas contracturas, la técnica de la punción seca profunda, que consiste en la introducción de agujas para acceder al área muscular a través de la piel. Le perforó la pleura de ambos pulmones.

La titular del Penal 2 de Ourense impuso al profesional, como responsable de un delito de lesiones por imprudencia grave, una multa de 1.800 euros, 6 meses de inhabilitación especial para ejercer como fisioterapeuta más el pago de una indemnización de más de 5.000 euros a la perjudicada, con la responsabilidad civil directa de la aseguradora y subsidiaria de la clínica de Ourense en la que trabajaba este sanitario. La juzgadora observó una «evidente falta de pericia» del acusado cuando introdujo varias agujas de punción en zonas próximas al cuello y la parte superior del hombro. Alcanzó tejido del pulmón y la joven paciente tuvo que ser ingresada de urgencia, porque sentía que se ahogaba. Estuvo una semana en el hospital.

La Audiencia Provincial ha desestimado los recursos presentados por la defensa y por la clínica, a los que se opusieron la Fiscalía y la acusación particular. El tribunal de apelación descarta que la magistrada valorara la prueba de manera errónea. «La juzgadora afirma la impericia en base a la conjunta ponderación de varios factores», subraya la sala. Por ejemplo, que el fisioterapeuta alcanzara el pulmón de la víctima «en dos ocasiones diferentes y a través de dos punciones distintas», un hecho que, según comparte la Audiencia, «evidencia la mala praxis en la que incurrió» el sanitario condenado.

«Contradicciones» en su versión

La sala subraya que la perforación del pulmón es una complicación de la punción seca que solo se produce en 1 caso de cada 10.000. El hecho de que este fisioterapeuta perforase el pulmón dos veces «pone de manifiesto, cuanto menos, un tratamiento muy descuidado», dice la sala de apelación.

Además, el acusado se mostró «vago e impreciso» en la descripción de la técnica que utilizó, según considera la Audiencia, que ve «contradicciones» en su versión. «Ofrece explicaciones diferentes al modo de adoptar las obligatorias cautelas que, obviamente, de mediar resultaron fallidas».

El profesional, durante su declaración en el juicio, celebrado en noviembre de 2024 en el Penal 2 de Ourense.

El profesional, durante su declaración en el juicio, celebrado en noviembre de 2024 en el Penal 2 de Ourense. / FDV

No la avisó de los posibles efectos adversos

La defensa negaba una negligencia y esgrimía que, de existir, sería menos grave. De nuevo, la Audiencia coincide con el criterio de la juzgadora sobre la «gravedad de la imprudencia» profesional en este caso. Hay factores en estos hechos, añade el tribunal, «que evidencian un comportamiento muy descuidado y de omisión de la mínima cautela exigible».

La paciente tosió pero el fisioterapeuta «no detuvo el tratamiento y siguió hasta su finalización, haciendo caso omiso de una importante alerta de que algo no estaba bien»

La Audiencia recuerda que el sanitario no advirtió a la paciente de los posibles efectos adversos de la técnica de punción seca, ni requirió su consentimiento «ni siquiera de forma verbal». Esa forma de actuar evidencia «el descuido en el actuar» del acusado. Con dos punciones distintas alcanzó el pulmón de la paciente pese a ser una complicación poco habitual, en 1 de cada 10.000 casos. Hubo «una clara impericia en la forma de llevar a efecto las punciones», expone la sala en la sentencia.

«La dejación más intolerable» de las prácticas que debía controlar

La Audiencia cita un elemento que «es de gran trascendencia»: la paciente tosió pero el fisioterapeuta «no detuvo el tratamiento y siguió hasta su finalización, haciendo caso omiso de una importante alerta de que algo no estaba bien». El profesional «no advirtió a la paciente de posibles complicaciones». Incurrió en una imprudencia grave «por la dejación más intolerable» de las prácticas que debía controlar, así como por la falta de información previa a la joven, «por su impericia» y por no detener la técnica «ante los signos de inadecuación terapéutica», además de no apercibir a la paciente de las complicaciones que acabó sufriendo, y que el sanitario «debió prever», expone la sala.

La sentencia ya es firme

Tras esta resolución, dictada en abril por la Audiencia Provincial, quedaba la opción de presentar un recurso de casación al Tribunal Supremo. Ni el profesional ni la clínica lo han hecho. Ya se ha declarado la firmeza de la sentencia.

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