Desestiman una demanda por acoso de un funcionario contra el Concello
El Juzgado de lo Social no ve probado que hubiera una «actitud de hostigamiento ni incumplimiento de medida de prevención de riesgos laborales» | Cabe presentar recurso

Una vista de una sesión plenaria del consistorio. / Iñaki Osorio
L.G
La magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Ourense ha rechazado la demanda interpuesta por un funcionario municipal contra el Concello de Ourense y los concejales Francisco Lorenzo y José Ignacio González por supuesto acoso laboral. La resolución judicial, de la que informaron tanto el gobierno local que dirige Gonzalo Pérez Jácome como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), considera que «no se aprecia situación de acoso laboral ni vulneración de derechos» y absuelve tanto al Concello como a los ediles demandados.
El funcionario alegaba que las actuaciones del Concello y de los cargos políticos —uno de los cuales ejerció entre 2023 y 2024 y, el otro, desde abril de 2024, como sus superiores jerárquicos—, habían incurrido en incumplimiento de «sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, con grave riesgo para la seguridad y la salud» del demandante, ordenando a los codemandados «el acometimiento de las medidas de protección que sean necesarias, preventivas y paliativas, en el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, anulando cuantos actos y conductas hayan infringido». Además, pedía una indemnización de 100.000 euros por «los daños psicosociales y morales sufridos».
En la sentencia, la jueza sostiene que «no hay prueba alguna» de que hubiese una «actitud de hostigamiento al demandante ni incumplimiento de ninguna medida de prevención de riesgos laborales». Así, explica que «toda la demanda se basa en que conforme a la RPT se le han quitado funciones, pero es una RPT muy amplia y se desconoce si realmente el demandante realizaba todas y cada una de ellas, pero, si comparamos su RPT con la de la coordinadora o jefes de sección, se aprecia que hay un solapamiento de funciones». A ello, añade que «se imputan las conductas a dos personas que tuvieron relación con el demandante cerca de siete meses, una, y tres meses, otra, antes de presentar la denuncia por acoso, lo que es un tiempo escaso para considerar que hay ese acoso conforme a lo referido anteriormente de persistencia en el tiempo».
Además, recoge en la sentencia que «como primer hecho del acoso la parte demandante lo centra en el traslado de dependencias de diciembre de 2023 y su premura», sin embargo, la Sala considera que de la documental aportada y testifical «se aprecia que era un cambio que se supo desde septiembre que se iba a producir, que hubo cambios también en otros servicios» y que «al demandante se le traslada a un despacho que reúne todas las condiciones necesarias, al lado de su superior y cuando avisó de que alguna dependencia no reunía los requisitos, la mudanza se suspendió hasta que el puesto fuera habilitado como así fue».
Así pues, la magistrada concluye que «no se aprecia ningún comportamiento que afecte a la dignidad del demandante, ni situación de acoso laboral ni vulneración de derechos», por lo que «se debe desestimar la demanda porque no hay infracción de normativa de prevención de riesgos laborales». En todo caso, la sentencia no es firme y contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG, en caso de que se decida impugnar la resolución.
- A Pulpeira, el 'pulpo á feira' que viaja desde O Carballiño, tierra sin mar, a Estados Unidos, Australia, Malasia, Singapur....
- Estaba de baja por ansiedad pero se ofrecía a equilibrar los chakras y a limpiar energías negativas
- Sentida despedida del directivo del sector de la automoción Ramón Seijas
- Piden 4 años de prisión por un elevador que falló y dejó un herido muy grave
- Polémica por la prohibición de aparcar camiones en las calles del polígono de San Cibrao
- Ofreció a una pareja pisos a bajo precio embargados en Mallorca y fingió la devolución del dinero «para ganar tiempo»
- El jaqueo a la Diputación de Ourense que desvió un millón de euros acerca a juicio al único imputado
- «Que no se hagan ilusiones; las reformas del papa no tienen vuelta atrás, salvo que quieran una Iglesia de museo»