Rechazan investigar a Jácome por revelación de secretos

La causa, abierta por la querella de un funcionario al que acusó de no fichar y al que calificó de «personaje», continuará por injurias

Gonzalo Pérez Jácome, en un pleno municipal.

Gonzalo Pérez Jácome, en un pleno municipal. / Alan Pérez

L.G

Ourense

La Audiencia Provincial de Ourense ha rechazado la solicitud de un trabajador municipal de que se investigue al alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, por un delito de revelación de secretos y por otro contra la integridad moral. La causa continuará exclusivamente por un delito de injurias en el Juzgado de Instrucción Número 2, donde ya declaró en calidad de investigado por estos hechos el regidor en el pasado mes de noviembre. En concreto, por acceder sin consentimiento al registro personal de control horario y publicar después en redes sociales un comentario sobre el querellante, al que calificó como «personaje».

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2023, cuando el alcalde publicó en redes sociales un comentario, desde su cuenta, con una foto del trabajador sustraída de su Facebook y a la que añadió un comentario en el que reprochaba que el funcionario «no fichaba» a través del sistema de control horario del Concello. El trabajador se encontraba de baja en el momento del suceso, pero la publicación no se eliminó hasta dos meses más tarde.

Según consta en el auto, el querellante «entiende que constituye un acto ilícito que atenta contra el derecho a la propia imagen y que se llevó a cabo con la intención de menoscabar su fama, todo ello como represalia por haber criticado la implantación de un nuevo sistema de control horario en el concello», toda vez que el funcionario es también delegado sindical de Comisiones Obreras en el Concello de Ourense.

Carencia de «gravedad»

El tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el trabajador municipal y ha confirmado el auto dictado el 30 de mayo de 2024 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense. Frente a los razonamientos de la resolución impugnada, el funcionario señaló que el alcalde de Ourense «accedió al control horario no para comprobar si había cumplido su horario laboral, sino con el claro ánimo de revelar y hacer público lo allí contenido».

«Atendiendo a las consideraciones expuestas, y consistiendo la conducta imputada al querellado en la publicación en redes sociales de una fotografía del querellante, obtenida de su perfil de Facebook, en el marco del cuestionado control horario a los funcionarios del Concello, carece aquella de la gravedad al atentado contra la integridad moral pretendido», destaca la Audiencia Provincial de Ourense.

El Alto Tribunal recalca en la resolución, además, que tampoco resulta debidamente justificada la inadmisión a trámite de la querella por los delitos de revelación de secretos y contra la integridad moral. El auto es firme, pues no cabe presentar recurso.

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