Prisión y alejamiento por una agresión sexual en un pub de Ourense a una mujer que resultó herida
Hizo tocamientos a la víctima tras abordarla por la espalda y la golpeó en la nariz | Acepta un año de cárcel y tres de prohibición de aproximación y comunicación, así como la obligación de recibir educación sexual

El agresor sexual confeso, en la vista celebrada ayer en el Penal 1 de Ourense. / FDV
O., de 49 años y con antecedentes penales que no computan a efectos de reincidencia en este nuevo procedimiento, compareció este martes en la sala de vistas del Penal 1 de Ourense y se confesó autor de un delito de agresión sexual del que fue víctima una mujer, en un pub de la ciudad de As Burgas, la madrugada del 22 de diciembre de 2023. A las 4.50 horas de esa noche, en un local de ocio nocturno de la Plaza del Corregidor, el encausado se acercó a la víctima, que se encontraba de espaldas y, sin mediar palabra, la agarró de los pechos y, acto seguido, del trasero. A continuación le dio un golpe en la nariz, lo que provocó un sangrado. La perjudicada, que resultó herida a causa de la conducta violenta del encausado, necesitó asistencia sanitaria y siete días de curación de la lesión.
Una condena de conformidad, resultado del acuerdo entre la Fiscalía y la defensa, impone a este agresor sexual confeso un año de prisión —la petición inicial de la Fiscalía era de 18 meses—, una multa de 240 euros por el delito leve de lesiones, así como tres años de prohibición de comunicación y de aproximación con la víctima —no podrá acercarse a menos de 200 metros de ella—, más dos años de libertad vigilada y el mismo periodo de tiempo de prohibición para ejercer cualquier profesión u oficio, sean retribuidos o no, que conlleve un contacto regular y directo con menores.
No será expulsado de España
La medida de libertad vigilada consistirá en este caso en una prórroga de la prohibición de comunicación y aproximación con respecto a la víctima, así como la obligación para el acusado de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual o similares, a mayores de la inhabilitación especial que la condena por agresión sexual supone como prohibición de llevar a cabo cualquier actividad, oficio o profesión que implique contacto con menores.
El acuerdo de conformidad suprime la solicitud inicial de la Fiscalía de que la pena de prisión se sustituyese por la expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrada en España durante cinco años del encausado, natural de Santo Tomé y Príncipe.
En la fase de ejecución de esta sentencia, la magistrada del Penal 1 de Ourense estudiará las circunstancias del acusado para decidir si la pena de prisión se ejecuta o se suspende, con la sustitución por posibles penas accesorias como una multa, trabajos en beneficio de la comunidad o la superación de algún curso formativo.
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