A juicio un acusado de agredir a su pareja y llevarse las únicas llaves para encerrarla en casa

La víctima de malos tratos y de la detención ilegal avisó a la Guardia Civil y los agentes acudieron a liberarla

El encausado será juzgado en la Audiencia Provincial, porque el Penal no es competente. |  FdV

El encausado será juzgado en la Audiencia Provincial, porque el Penal no es competente. | FdV

Javier Fraiz

Javier Fraiz

De 2 a 4 años de prisión solicita la Fiscalía como condena para un hombre que está acusado de agredir y dejar encerrada en casa a su pareja, desde primera hora de la mañana. El ministerio público considera que esa acción, presuntamente consciente por parte del encausado —se llevó el único juego de llaves de la vivienda—, constituye un delito de detención ilegal.

Cuando la posible condena para un hecho penal supera los cinco años —y, en este caso podría alcanzar los 6, aunque la petición real sea más baja y el delito se proponga en el tipo atenuado, teniendo en cuenta que la reclusión duró menos de 24 horas—, el órgano enjuiciador que corresponde es la Audiencia Provincial.

El procedimiento ha estado hasta el mismo día del juicio en el juzgado de lo Penal. La magistrada del Número 1 de Ourense acogió la solicitud de la fiscal y suspendió el acto para dictar un auto que elevará la causa a la Audiencia, para que el juicio se celebre ante el tribunal. Esa nueva tramitación conllevará más tiempo de demora para la resolución de un procedimiento que se empezó a instruir en O Barco de Valdeorras en septiembre del año 2023.

Según el relato de hechos que realiza la Fiscalía en su escrito de calificación provisional, el encausado, sin antecedentes penales y natural de Brasil, mantenía una relación sentimental con la perjudicada. Convivían en O Barco. El 21 de septiembre de 2023 se produjo una discusión en la vivienda común, después de que el acusado volviese de trabajar. Presuntamente, el hombre la insultó, con expresiones machistas como «Hija de puta, eres una zorra, eres igual que mi ex».

A continuación, el varón presuntamente se dirigió hacia su pareja y le propinó dos patadas y un puñetazo en su rodilla derecha. La víctima recibió asistencia sanitaria. No ha querido ejercer acciones civiles para ser indemnizada por el daño físico sufrido.

Según añade la Fiscalía en su escrito de calificación provisional, al día siguiente de estos hechos el sospechoso se fue a trabajar sobre las 7 de la mañana y, sin el consentimiento de la mujer, presuntamente cerró la puerta de la vivienda y se llevó el único juego de llaves existente. El ministerio público reprocha que el encausado actuó así «siendo plenamente consciente de que con su acción impedía a la víctima abandonar la vivienda hasta su regreso de su jornada laboral». La perjudicada avisó a la Guardia Civil y los agentes del instituto armado acudieron al domicilio para liberarla.

La vista no llegó a celebrarse en el Penal 1, ayer, por un defecto sobre la competencia.

La vista no llegó a celebrarse en el Penal 1, ayer, por un defecto sobre la competencia. / FDV

La Fiscalía califica estos hechos, que finalmente serán juzgados por la Audiencia Provincial, como un delito de detención ilegal —solicita 3 años de cárcel por dicha infracción penal—, o alternativamente un delito de coacciones, para el que la petición se reduce a doce meses.

Si lo condenan por la detención ilegal será expulsado de España

El ministerio público también atribuye al encausado un presunto delito de lesiones —pide un año de prisión—, así como un delito leve de injurias. Por esta última infracción solicita la imposición de una pena para el varón de 20 días de localización permanente. A mayores, la Fiscalía pide que se le prohíba aproximarse y comunicarse con la perjudicada.

En su escrito, el fiscal solicita que la pena de cárcel en caso de que se acredite la detención ilegal se sustituya por la expulsión del país del acusado y la obligación de que no regrese antes de 6 años. Pero el ministerio público precisa que, en ese supuesto, «deberá procederse al cumplimiento inmediato de la pena privativa de libertad impuesta en tanto en cuanto se ejecutan los trámites de expulsión».

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