Juicio al senador del PPdeG y expresidente de la Diputación de Ourense
Baltar niega que cometiese un delito vial en el coche oficial: «Nunca superé los 200 km/h»
La defensa del político ourensano se basa en que la infracción captada por un radar fue administrativa, y ya está pagada, pero la Guardia Civil y la Fiscalía aprecian un ilícito penal: «Nos sorprendió el paso del vehículo»

Baltar se sentó en el juicio, en el Tribunal Supremo, al lado de su abogado. / Javier Lizón / EFE
«Nunca superé los 200 kilómetros por hora», afirmó Manuel Baltar en el juicio en el Tribunal Supremo, celebrado este lunes, por un delito contra la seguridad vial que él y su defensa no admiten. Su tesis es que cometió una infracción administrativa ya pagada y que no llegó a rebasar el umbral entre la multa y el delito. Pero la Guardia Civil y la Fiscalía discrepan. El actual senador del PP fue captado a 215 por hora por un radar, cuando circulaba por la autovía A-52, en la provincia de Zamora, al volante de un vehículo oficial de la Diputación de Ourense, que por aquel momento aún presidía. Aquel día, 23 de abril de 2023, era domingo.
Ese borrón de Baltar marcó la campaña de las municipales, pero no lo apartó de la carrera. Fue el resultado electoral insuficiente del PP de Ourense —por segunda ocasión no alcanzó la mayoría absoluta en la Diputación—, el que aceleró la caída del baltarismo después de 33 años gobernando la provincia: 22 años de mandato de José Luis Baltar Pumar, el padre, y 11 años en el cargo de José Manuel Baltar Blanco, el hijo. Cerrado el relevo con la llegada de Luis Menor y designado Baltar como senador, el procedimiento se derivó al Supremo, la instancia judicial para los aforados. Los magistrados del alto tribunal decidirán ahora si la infracción del político ourensano al volante merece condena.
"Estos excesos de velocidad no son comunes", señaló uno de los agentes en el juicio
Los errores del atestado
La Fiscalía, que critica a la defensa de Baltar por insinuar que la denuncia se propuso de «una manera torticera» para tratar de perjudicar al político en las elecciones, solicita 1.800 euros de multa así como un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. El abogado, que reprocha los «errores» y las «contradicciones» de la Guardia Civil, busca la absolución, alegando que la infracción fue administrativa, una multa, y que ya está saldada con el pago.
En su informe, el ministerio público admitió que «sorprende que un atestado por un hecho tan simple contenga tantos errores», pero el fiscal reiteró que «está acreditado con pruebas objetivas que el acusado conducía el vehículo con un exceso de velocidad penalmente relevante».
Baltar alega que los guardias no le dijeron en ningún momento que sería investigado por un delito vial
«Me dijo el agente notificador que el radar había notificado 215 km/h y que si hubiera sido 216 km/h me hubiesen abierto un atestado, pero que era una sanción administrativa. Eso fue lo que se me notificó. Y una vez que dije que renunciaba a recurrir, me dijo: ‘Prosiga’», manifestó el senador en su interrogatorio, según la información recogida por agencias.
No fue advertido de delito
Baltar alegó en el Supremo que, después de que los guardias le dieran el alto e hicieran las comprobaciones oportunas, le comunicaron que había cometido una infracción administrativa y que el pago de la multa conllevaba la finalización del proceso administrativo. En ningún momento —indicó—, los guardias le dijeron que sería investigado por un delito vial.

Baltar y sus abogados, llegando al Tribunal Supremo para ser juzgado por un presunto delito vial. / JAVIER LIZÓN / EFE
El radar de la Guardia Civil de Tráfico detectó el exceso de velocidad de Baltar en el punto kilométrico 66,900, en el municipio zamorano de Asturianos. Conducía en sentido Benavente en un tramo de la A-52 limitado a 120 por hora.
El margen de error
En el juicio, un agente que intervino en el control aseguró que «la velocidad de captación fue de 215 kilómetros por hora» y que, aplicado un margen de error del 5 %, como corresponde a este radar estático, la velocidad aproximada sería de «204 kilómetros por hora». Según el guardia, «no hay ninguna duda de que estamos ante un supuesto penal» porque se superan los 200 kilómetros por hora, el mínimo para ser considerado delito. «Nos sorprendió el paso del vehículo, estos excesos de velocidad no son comunes», dijo.
«Ante la duda que tenía como operador» en ese momento el agente, «se optó por la infracción administrativa hasta tener constancia del porcentaje de error que consta en el cinemómetro», declaró otro agente. Se le notificó una infracción administrativa y no una penal porque no tenían el certificado para aplicar el margen de error correspondiente al radar.
La Guardia Civil afirma que trató a Baltar "como a cualquier ciudadano"
Un capitán de la Guardia Civil en el momento de los hechos dijo que «debería de haberse aplicado otro tipo de margen de error», por lo que en lugar de una infracción administrativa podría ser objeto de un delito. «Fue el motivo por el que ordené la instrucción de diligencias, por si tuviese relevancia penal», completó. Según su versión en el Supremo, «simplemente se cometió un error». El mando afirma que el instituto armado tramitó este caso «como el de cualquier ciudadano».

Baltar, en un momento del juicio en el Supremo. / JAVIER LIZÓN / EFE
El abogado de Baltar cree que se vulneraron sus derechos
La defensa considera que se vulneraron los derechos del político. El abogado denuncia que el atestado que dio pie a la causa penal fue «modificado» entre 7 u 8 veces para «alterar» la velocidad. Esta parte sostiene que la velocidad de paso real fue de 199 kilómetros por hora. El letrado cuestiona que nadie informó a Baltar en carretera de que podía verse en un proceso penal. «A su espalda se estaba incoando un atestado», entre otros motivos, por su condición de dirigente del PP y presidente de la Diputación, afeó el letrado.

Sala de vistas del Supremo en la que fue juzgado este lunes Manuel Baltar. / JAVIER LIZÓN / EFE
El abogado apela a no se puede juzgar al senador por unos hechos que ya fueron resueltos por la vía administrativa, lo que supondría una vulneración del principio ‘non bis in idem’, que impide sancionar en más de una ocasión el mismo hecho con el mismo fundamento. La Fiscalía argumenta que no existe vulneración alguna porque una sanción penal puede ir en paralelo a una infracción administrativa. El fiscal recuerda que a la multa que reclama en este procedimiento penal se le restaría lo abonado por la vía administrativa.
Rueda pide «esperar»
El presidente de la Xunta y líder del PP en Galicia, Alfonso Rueda, aboga por «esperar» el resultado del juicio contra el antiguo barón del partido en Ourense. Rueda incide en la «gran diferencia» entre lo que solicita la Fiscalía y las críticas de la oposición. «De lo que algunos dijeron a lo que puede ser hay una enorme distancia».
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