Condenan por una agresión mutua a dos vecinos mayores enemistados: uno de ellos usó una azada para golpear
La jueza impone un año de prisión al hombre que empleó el apero, y una multa al otro implicado

Los dos mayores ahora condenados, durante el juicio en el Penal 1 de Ourense. / FDV

Un incidente violento entre dos vecinos, de 80 y 77 años, ocurrido el 24 de marzo de 2023, se salda con la condena de ambos por agredirse mutuamente. Entre los dos existía una enemistad previa por cuestiones de fincas que, aquella tarde, subió de tono. El varón de edad más avanzada agredió a su vecino en la frente con el mango de una azada, mientras que el último acusado, que tuvo que recibir puntos por una herida en la frente que le ha dejado una cicatriz, golpeó al octogenario en el costado.
El juicio se celebró el pasado mes de julio. En una sentencia de finales de noviembre, que no es firme —cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial—, la magistrada del Penal 1 de Ourense impone al autor de las lesiones con el apero —se considera como instrumento peligroso— una condena de un año de prisión, un año y diez meses de alejamiento de su vecino así como el pago de una indemnización por importe de 1.095 euros en total. El otro mayor es sentenciado, por un delito leve de lesiones, a 360 euros de multa, seis meses de alejamiento más 180 euros de indemnización.
«No admite discusión la peligrosidad de la azada si se utiliza como instrumento de agresión», afirma la jueza
El autor de la agresión con el sacho estaba trabajando en su finca la tarde del 24 de marzo de 2023, sobre las 15 horas, en un lugar de la parroquia de Castro de Beiro. Cuando apareció el otro vecino acusado comenzaron una discusión y el primero agredió al segundo en la frente con una azada que portaba. El otro hombre dio golpes en el costado al primero. La magistrada ve pruebas de estos hechos pero no, sin embargo, de las amenazas que también se denunciaron en este caso.
No está claro quién empezó
«Consideramos acreditadas las lesiones recíprocamente causadas sin que haya podido determinarse cuál de los acusados inició la agresión», señala la magistrada del Penal 1 en la sentencia. «No admite discusión la peligrosidad de la azada si se utiliza como instrumento de agresión», afirma la jueza, aun cuando la defensa del vecino que utilizó el apero para golpear al otro alegase que, en este caso, no podía considerarse que fuera un instrumento peligroso, porque el abogado incidió en que su cliente estaba trabajando en la finca con dicho apero cuando ocurrieron los hechos. La autoridad sí tiene en cuenta esta circunstancia para no imponer al agresor una pena agravada.
Las órdenes de alejamiento impuestas a los encausados les prohíben aproximarse el uno al otro a menos de 150 metros. Tampoco podrán comunicarse, por ningún medio, mientras esté en vigor la pena de cada uno.
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