El abogado Neil González esgrime “una ausencia total de indicios” contra los policías gemelos Roy y Bernardo D. L., a los que la magistrada Eva Armesto atribuye el presunto asesinato en comisaría de su compañero Celso B. A., en abril de 2016, con unas de las seis armas robadas en el búnker. El letrado apela a la Audiencia Provincial para que revoque el auto con el que la jueza enumera una docena de evidencias por las que, según su criterio, deben ser juzgados por asesinato u homicidio, y por robo con fuerza, con un tribunal del jurado. La defensa no está sola en su pretensión de sobreseimiento, porque la fiscal coincide y no ve indicios de que la muerte de un tiro en la cabeza fuera un crimen.

El letrado subraya que es “absolutamente mayoritaria” la opinión de los especialistas de que se trató de un suicidio. Es “mucho más probable” esta tesis, completa. “Así lo consideran la Unidad de Asuntos Internos y la Brigada Central de Delitos contra las Personas-Grupo I de Homicidios de la Comisaría General de la Policía Judicial”. Además, en otro informe, la Guardia Civil no encontró evidencias para poder afirmar si se trató de un suicidio o de una acción criminal.

“No cabe la transformación a jurado porque el hecho que lo motiva, la comisión de un homicidio, no está debidamente justificado”, expone el letrado de los investigados. Sobre el robo de armas, un delito que en cambio sí está acreditado –desaparecieron del búnker de la comisaría en el verano de 2014– “no hay indicios o motivos suficientes” para acusar a los gemelos –dice el abogado–, que entre otros argumentos cita que no hay ADN de ambos, pero sí de Celso y otras personas. “Numerosos informes periciales y policiales descartarían la autoría de este delito por parte de los investigados”, señala el defensor.

La instructora considera que los hermanos, en libertad desde su detención en enero de 2018 –uno está jubilado y otro suspendido–, presuntamente planearon el crimen y trataron de simular un suicidio, manipulando la escena de la comisaría, tras atribuir a la víctima –a través de un wasap y un correo electrónico remitidos con su nombre– el envío de los anónimos y el robo de las armas. Según la magistrada, estaban “temerosos de que su compañero terminara por confesar” la implicación de los tres en la trama de los anónimos y las pistolas, que dio lugar a la operación Zamburiña, saldada con absolución.

La defensa recuerda que la teoría sobre la que se cimenta el móvil atribuido por la magistrada a los policías gemelos fue descartada por otro juez, en otra causa –abierta a instancias de una querella presentada por el exjefe de drogas–, con un sobreseimiento que fue confirmado por la Audiencia ante la “debilidad de los indicios existentes frente a los investigados”.

"El auto afirma una serie de cuestiones que no son ciertas"

Con las alegaciones del recurso de apelación, más el criterio de la Fiscalía, “que vela por el principio de la legalidad y de imparcialidad” –destaca la defensa–, los policías gemelos “confían” en que la Audiencia Provincial revoque el auto de la magistrada Eva Armesto. “Evidentemente, están preocupados y dolidos, porque el auto afirma una serie de cuestiones que no son ciertas”, indica el letrado.

Neil González recalca que “todas la unidades policiales, salvo la UDEV de Ourense, que nunca debió iniciar la investigación dada la cercanía con las personas implicadas” –es la Policía Judicial de la propia comisaría– se inclinan por que la muerte fue suicida.

La investigación no ha acreditado si se trató de un suicidio o de un homicidio, y el informe más exhaustivo, expresamente solicitado por la magistrada” –añade el letrado en alusión al de la Brigada Central de Homicidios– se decanta por la hipótesis de una muerte autolítica.

Es un órgano que goza del máximo prestigio a nivel nacional en el esclarecimiento de muertes violentas dada su gran experiencia en dichas investigaciones”, incide González. “Es el informe más relevante de todos los que se han efectuado, pues ha tenido a su disposición todos los informes periciales de las distintas unidades investigadoras obrantes en autos, y los diferentes informes periciales elaborados por las distintas unidades que han intervenido en este procedimiento”, recuerda.

Por el contrario, según su opinión, el auto de la jueza Armesto “recoge algunas de las afirmaciones aisladas de los informes periciales, pero curiosamente no las conclusiones de los mismos”, asegura el letrado. La imputación que plasma la jueza sobre los gemelos se basa –sostiene González– “en interpretaciones subjetivas y puramente voluntaristas de la UDEV de Ourense en un primer momento, y que han sido aceptadas ahora en la resolución impugnada, aun contraviniendo los numerosos informes periciales obrantes en la causa que concluyen en la etiología suicida”.

Argumentos para el archivo

La Brigada Central de Homicidios afirmó que, sobre la teoría de un asesinato para que Celso no señalara la implicación compartida con los gemelos en los anónimos y las armas, “no hay constancia de ninguna forma a lo largo de todas las investigaciones que confirme esta hipótesis ni tampoco la posibilidad del temor por parte de los hermanos de que Celso estuviera dispuesto a delatarles como responsables de los hechos o a confesar la implicación de los tres”.

Sobre la ausencia de heridas en el cadáver, que hace sospechar a la jueza de que hubiera sido colocado tras ser asesinado, la defensa recuerda que un informe de la Guardia Civil señaló que “es muy probable que tuviera sentado cuando se produjo el disparo que provocó su fallecimiento”, deslizándose a continuación desde la silla. “No obstante la claridad de la conclusión, es rebatida de forma absolutamente arbitraria y faltando a la verdad”, critica el letrado.

Sostiene el letrado que “si es imposible que nadie estuviera en la escena, la consecuencia lógica es entender que es un suicidio, máxime cuando en el fallecido aparecen residuos específicos de disparo”

Frente a la tesis de la magistrada sobre que el disparo fue cosa de un tercero, el abogado cita informes periciales de la Comisaría General de Policía Científica, que consideró que “la muerte es compatible con el hecho de que la víctima estuviera empuñando el arma en el momento de producirse el disparo”, y además afirmó que “no existen patrones alterados como vacíos, marcas de pisadas, etcétera, que hagan pensar que cuando se estaba produciendo el hecho hubiera personas u objetos interponiéndose en la trayectoria”.

La Brigada Central de Homicidios apuntó en su informe que “sería imposible que el calzado del autor no se hubiera impregnado al menos parcialmente de sangre, dejando al menos un mínimo rastro de sus movimientos, que tampoco aparecen en la escena”. Sostiene el letrado que “si es imposible que nadie estuviera en la escena, la consecuencia lógica es entender que es un suicidio, máxime cuando en el fallecido aparecen residuos específicos de disparo”.

La jueza cita en el auto el hecho de que se halló un papel con pólvora bajo el cuerpo de la víctima, que dio positivo en ADN de los hermanos, y que había residuos específicos de disparo en la parte trasera del jersey del fallecido, “en una cantidad superior a la que corresponde a un disparo”. El abogado señala que la magistrada omite que Celso era instructor de tiro y asiduo a la galería. El hecho de que toda la prenda presente cantidades superiores, incluso en zonas ocultas por la posición del cuerpo en el suelo, “descarta totalmente que se haya realizado cualquier tipo de manipulación”, afirma González.

Comisaría de la Policía Nacional en Ourense. BRAIS LORENZO

El letrado también aporta argumentos para refutar que Bernardo –el presunto autor del disparo, según la instructora– hubiera escrito el correo y wasap a nombre de Celso en el que se inculpaba de los anónimos y las armas, y pedía perdón. Sobre la teoría de que este investigado accedió a través de un pasadizo desde el garaje para no ser visto, el análisis de las huellas descartó a los gemelos.

Los cartuchos y el arma

Armesto incide en que la vaina del disparo mortal, hallada junto al cadáver, es “idéntica” al año y fábrica de cartuchos incautados en las taquillas de los investigados. Citando el informe en cuestión, González señala que “hay una similitud cuantitativa composicional pero no cualitativa, por lo que no se puede afirmar un posible origen común, pues una se encuentra detonada y la otra sin detonar, razón por la que es imposible determinar esa identidad”.

El mismo dictamen refleja que la coincidencia de las pólvoras “no implicaría un origen común con total certeza”. La posible identidad entre los cartuchos “ninguna relevancia tiene como indicio”, afirma el defensor, que además recuerda que no se efectuó “ni el más mínimo análisis” de los más de mil cartuchos de Celso intervenidos.

“¿No es más lógico entender que una persona muerta en su despacho, con el revólver en su mano, con residuos específicos de disparo y que ha enviado un mensaje de despedida, sin que existan signos externos de que nadie haya estado allí, se haya suicidado?”

Sobre el ADN en el sobre con pólvora, “es de lo más normal” porque el despacho en el que ocurrió la muerte de Celso era también el de Bernardo, su compañero. Que la corredera del arma estuviera abierta sin cargador –así se robaron en el búnker–, es una evidencia clave para la jueza.

En cambio, el abogado esgrime que disparos de prueba determinaron como posible que quedara así en un agarre forzado, como el que puede darse en un suicidio por un momento de tensión. La Brigada Central de Homicidios también lo vio “factible” en su informe. Además, el letrado recuerda que el móvil de Bernardo lo sitúa en Monterrei (Pereiro), a unos diez quilómetros, y subraya que no hay pruebas de que los mensajes autoinculpatorios fueran enviados por alguien distinto a Celso.

“¿No parece mucho más lógico entender que una persona que aparece muerta en su despacho, con el revólver en su mano, con residuos específicos de disparo y que ha enviado un mensaje de despedida, y sin que existan signos externos de que nadie haya estado allí, se haya suicidio?”, expresa el abogado.