Los investigados, entre ellos cuatro policías, de la 'Operación Zamburiña' quedan absueltos definitivamente

A los agentes se les acusaba de dar cobertura a sus informantes y favorecer su actividad, a cambio de chivatazos para conseguir incautaciones

Imagen de archivo del Tribunal Supremo

Imagen de archivo del Tribunal Supremo / Carlos Luján / Europa Press

R. V.

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de cuatro policías de Ourense y nueve acusados de narcotráfico en la Operación Zamburiña, un caso en el que se juzgó si hubo trato de favor por parte de los agentes a cambio de información y que acabó sin condena tras anular los magistrados las intervenciones telefónicas, clave para el resto de pruebas, que también quedaron anuladas.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha desestimado el recurso que la Fiscalía interpuso contra la sentencia absolutoria de la Audiencia de Ourense, que eximió de responsabilidad penal a los trece acusados en la causa, donde se investigaron delitos de tráfico de drogas, revelación de secretos, pertenencia a grupo criminal y tenencia ilícita de drogas.

El Supremo ha comunicado el fallo al tribunal que juzgó los hechos y en los próximos días se conocerá la sentencia con los fundamentos jurídicos de los magistrados.

La clave para la absolución de este caso fue la anulación de las intervenciones telefónicas al estimar la Audiencia de Ourense que se habían vulnerado derechos fundamentales, lo que llevó a su vez a decretar la nulidad del resto de pruebas por derivar de dichas intervenciones y, en consecuencia, a la absolución de los acusados.

La denominada Operación Zamburiña, por la que se sentaron en el banquillo cuatro agentes que pertenecieron al grupo de estupefacientes de la Comisaría de Ourense, trató de determinar si hubo un presunto trato de favor por parte de los policías a confidentes, supuestos narcotraficantes, durante la realización de su trabajo. La Fiscalía pedía penas de entre siete y trece años de prisión.

A los policías se les acusaba de dar cobertura a sus informantes y favorecer su actividad, a cambio de chivatazos para conseguir incautaciones.

La Audiencia acordó la absolución tras echar abajo gran parte de la prueba testifical, derivada de la investigación de Asuntos Internos, a partir de un anónimo enviado desde comisaría en 2014.

Consideró "absolutamente insuficiente" la investigación realizada por Asuntos Internos "para comprobar la credibilidad y verosimilitud del anónimo" y reprochó que no se realizase "ni la más mínima comprobación acerca de quién pudiera ser el autor de la nota confidencial".