Otro Pokémon al archivo: prescripción y falta de “datos objetivos” de un supuesto tráfico de influencias en Verín

Extinguida la responsabilidad penal de los tres investigados por el servicio de la ORA

Un registro de la Pokémon en oficinas de Vendex, en 2012.

Un registro de la Pokémon en oficinas de Vendex, en 2012. / INAKI OSORIO

Javier Fraiz

Javier Fraiz

La pieza número 16, una de las múltiples derivadas que se desgajaron de la macrocausa original de la operación Pokémon, indagaba un supuesto tráfico de influencias en Verín, relativo al servicio de aparcamiento regulado de la ORA en el municipio, del que fue adjudicataria en dos ocasiones, en 2007 y 2011, la empresa Doal, del grupo Vendex.

La jueza de Instrucción 1 de Verín archiva la causa, el mismo final que han seguido muchas de las piezas desgajadas de la inicial. En este caso, además, declara la extinción de la responsabilidad penal de los tres investigados, por prescripción, tal como había solicitado la Fiscalía.

El auto es de 28 de diciembre y el informe del ministerio público, de 14 de noviembre. “Se interesa el archivo de las actuaciones, debiendo declarar prescrito el delito de tráfico de influencias que ha dado lugar a la presente causa”, concluye la fiscal, que además tampoco había apreciado indicios de delito alguno en hechos, como por ejemplo, con las entregas de cestas de Navidad en los años 2008 y 2009 por Vendex al alcalde y al jefe de la Policía Local, sin “entidad suficiente para ser consideradas ilícito penal”. Las defensas habían solicitado por escrito el sobreseimiento de las diligencias.

Las transcripciones de las escuchas “no han arrojado dato objetivo alguno”

La jueza reproduce íntegramente los argumentos de la Fiscalía. Las sospechas de Vigilancia Aduanera recogidas en su día por Pilar de Lara “no han podido ser corroboradas por datos objetivos en la posterior investigación”.

Las transcripciones de las escuchas “no han arrojado dato objetivo alguno”. La existencia de contrato y la pretensión de la empresa de ampliar los servicios “justificaban” que se hubieran producido reuniones que fueron objeto de seguimiento.

Los hechos se circunscriben fundamentalmente a 2012 y el tráfico de influencias prescribe a los 5 años. A uno de los investigados ni se le llegó a tomar declaración judicial.

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