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Las defensas de los dos acusados de asesinar a un amigo preso por su herencia alegan falta de pruebas

Niegan varios puntos en los que se basó el jurado | La Fiscalía solicita confirmar los 41 años de cárcel impuestos en total a ambos encausados

Las defensas de los encausados, que comparecieron por videoconferencia. CARLOS PARDELLAS

El asesinato en agosto de 2018, durante un permiso de salida, de Fernando Iglesias Espiño, un preso natural de Silleda, de 63 años, que estaba cerca de cumplir una condena por el triple crimen de su mujer e hijos en Gran Canaria en 1996, es un caso a estudio, en segunda instancia, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La Sala de lo Civil y Penal celebró este lunes la vista de la apelación, tras los recursos de las defensas de ambos encausados, quienes llegaron a entablar cierta amistad con la víctima tras coincidir en el centro penitenciario de Pereiro de Aguiar. Según la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Ourense, acabaron con él en una granja de Maside durante un permiso de fin de semana de Espiño, con el objetivo de vaciar sus cuentas, en las que tenía el dinero que le quedaba de la herencia de su madre, que había ingresado un mes antes del crimen.

El jurado popular declaró probado que, entre el 11 y 24 de agosto de 2018, se apropiaron de un total de 22.490 euros entre operaciones con la plataforma electrónica Hall Cash y retiradas en cajeros de Ourense, Pontevedra, Burgos o Portugal.

El tribunal ourensano impuso 21 y 20 años de cárcel a Francisco Javier G. H. y Óscar G. L., por los delitos de asesinato y estafa continuada. La Fiscalía, representada en la vista de apelación por el fiscal superior de Galicia, Fernando Suanzes, solicita la confirmación de la condena de la Audiencia Provincial, que se basó en el veredicto de culpabilidad del jurado.

El fiscal superior de Galicia, Fernando Suanzes, se encargó de defender la postura del ministerio público en la apelación. CARLOS PARDELLAS

Las defensas niegan la participación de los encausados en el crimen. Ambas solicitan la absolución por falta de pruebas. En el peor escenario, la de Óscar pide una reducción de la pena de cárcel por su colaboración clave con la justicia. Este acusado reveló a la Guardia Civil el lugar donde fue enterrado el cadáver de Iglesias Espiño.

Óscar y Francisco, en conexión desde prisión. CARLOS PARDELLAS

Los dos comparecieron en la vista de apelación a través del sistema de videoconferencia. En diciembre se cumplirán 4 años de su ingreso en prisión provisional, tras ser detenidos. Recientemente, la Audiencia Provincial ha prorrogado esta medida cautelar. Óscar G. L. permanece en el centro penitenciario de Teixeiro (A Coruña), mientras que Francisco Javier G. H. se encuentra en el de A Lama (Pontevedra).

“La Fiscalía Superior pide la confirmación íntegra de la sentencia, por considerarla ajustada a derecho”, resume la institución. La defensa de Francisco considera que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia y que fue condenado sin pruebas por el asesinato.

La letrada, Ángeles Bernárdez, destaca que no había huellas de su representado en tarjetas, ni siquiera se incautaron dichos cartones –en contra de lo que expuso el jurado–, y recuerda que un comentario de Francisco a su primo en 2015, sobre su supuesta predisposición a matar a una persona por dinero, ni se mencionó en el juicio ni tan siquiera aparecía en el procedimiento, pero sí fue tenido en cuenta por el tribunal de ciudadanos.

Además, sostiene que las geolocalizaciones que la Guardia Civil esgrimió para conectar a los acusados con el crimen y con el enterramiento del cadáver –de una granja de Maside a la que acudía en los permisos, regentada por Francisco, a un monte de Piñor donde fue enterrado el cuerpo– solo ubican las antenas a las que estaban conectadas los teléfono móviles, pero no el punto en el que se encontraban los acusados, subraya esta parte.

El monte de Piñor donde fue localizado el cadáver en diciembre de 2018. IÑAKI OSORIO

La letrada añade que, a diferencia de lo que reflejó el jurado, los forenses no fueron capaces de determinar si el día de la muerte violenta de Fernando Iglesias fue el 11 de agosto de 2018, con causas que atribuyeron a varios golpes en la cabeza con un objeto contundente que la investigación no concretó.

Además, Bernárdez subraya que no apareció ninguna evidencia ni vestigios en la granja, que revelaran que allí tuvo lugar el crimen, ni tampoco en el coche de la víctima, que acreditara que el cadáver fue trasladado al monte en dicho automóvil. En su derecho a la última palabra, este encausado defendió su inocencia y consideró que las pruebas fueron mal interpretadas.

Valentín Blanco defiende al otro encausado, Óscar G. L., quien no quiso intervenir. Esta parte solo admite culpa en el delito de estafa –hay grabaciones de seguridad en las que se ve al acusado yendo a cajeros–, si bien rebaja la cantidad que robó a 5.340 euros, una cuarta parte de la que fija la sentencia.

En cuanto a la participación de Óscar en el crimen, niega que estuviera implicado y, como la otra parte, alega la falta de evidencia biológica alguna –tampoco en el cadáver se hallaron pruebas contra los acusados–, la imprecisión forense para certificar el día del fallecimiento, así como el hecho de que las geolocalizaciones remitan a antenas pero no a la posición de los acusados según sus móviles.

Los magistrados que conforman la sala que resolverá la apelación. CARLOS PARDELLAS

En el peor de los casos, es decir, si el Tribunal Superior de Xustiza considera que es responsable del asesinato, la defensa recuerda que, si Óscar no hubiera indicado el lugar dónde estaba el cadáver, en un monte de Piñor, a varios kilómetros de la granja, a una fosa a la que condujo a los investigadores en medio de la noche, la Guardia Civil no habría encontrado a la víctima.

El letrado entiende que no se aplicó de una manera correcta la atenuante de confesión por su colaboración con la justicia, que resultó fundamental para el esclarecimiento, tal y como los agentes admitieron en el juicio. El abogado solicita una mayor reducción de la pena, tanto si Óscar resulta condenado por asesinato como por el delito de estafa, que sí asume, y del que es reincidente.

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