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Un policía no puede fotografiar tu DNI con su móvil personal: "No garantiza la seguridad de los datos"

Protección de Datos apercibe al Concello de Ourense tras la reclamación de un particular por esa acción de un municipal con su teléfono privado | El concejal de seguridad recuerda que sí se puede hacer con las PDA

Policías locales de Ourense, junto a vehículos oficiales. INAKI OSORIO

“En el supuesto examinado el tratamiento ha consistido en la realización de la fotografía de DNI a través del móvil personal del policía, así como su conservación, hasta la apertura del expediente administrativo. Este tratamiento es claramente excesivo, debiendo destacar que el principio de “minimización de datos” impone además la supresión de la imagen inmediatamente después de que se haya producido la mencionada identificación. Con ello, carece aún de menor justificación la conservación de la imagen, que se encuentra desprovista de ninguna finalidad”.

Así resuelve la Agencia Española de Protección de Datos una reclamación contra el Concello de Ourense presentada en enero de 2021 por un particular que fue identificado por una posible infracción al saltarse el toque de queda por la pandemia.

En mayo, el organismo impuso una sanción de apercibimiento al ayuntamiento y lo requirió para que “implante las medidas correctoras necesarias para adecuar su actuación a la normativa de protección de datos personales, que impidan que en el futuro se repitan hechos similares”. El Concello recurrió a principios de junio, pero su acción ha sido desestimada por la agencia estatal. El concejal de Seguridad Ciudadana, Telmo Ucha, señala que la práctica ya se ha “corregido”, y subraya que los agentes sí pueden fotografiar el DNI con las PDA oficiales.

El Concello de Ourense alega que, desde el 16 de marzo de 2021, se entregaron a los agentes dispositivos corporativos acompañados de un manual de uso, además de impartirles formación

En su recurso, el ayuntamiento explicó a Protección de Datos que la finalidad perseguida por el agente con la realización de la fotografía no era otra que la de dar inicio a un procedimiento administrativo. También alegó que la toma de fotografías de la imagen para reproducir datos relevantes para el proceso, como es la identificación del interesado para el inicio del expediente administrativo, ostenta la consideración de medio de prueba admitido en derecho.

"El uso privado que cada agente pueda hacer de su dispositivo no resultaría compatible con las medidas de seguridad que para el ejercicio de las funciones de indagación, investigación y prevención de delitos e infracciones deban adoptarse"

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Además, el Concello decía haber adoptado e implantado las medidas técnicas y organizativas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, y que el uso de dispositivos personales se trató de una medida temporal. Desde el 16 de marzo de 2021, se entregaron a los agentes dispositivos corporativos acompañados de un manual de uso, además de impartir formación a todos los policías implicados.

Había “alternativas menos lesivas para la protección de los datos”

El ayuntamiento añadía en su recurso que la normativa vigente en materia de protección de datos personales no recoge en ningún precepto la prohibición del uso de dispositivos personales por parte de los usuarios de los sistemas de información responsabilidad de los responsables del tratamiento.

En una resolución que firma la directora, Mar España, la agencia señala que había “alternativas menos lesivas para la protección de los datos del ciudadano afectado”. “La toma de los datos de filiación de un ciudadano para su posterior tratamiento debe realizarse con métodos que garanticen la seguridad y confidencialidad de los datos personales”, indica el organismo.

"Los usos privados que cada agente pueda realizar con sus propios dispositivos no resultan compatibles con las medidas de seguridad que para el ejercicio de las funciones de policía judicial deben adoptarse"

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“Que los agentes utilicen dispositivos particulares para la toma de imágenes de los datos personales que contiene el DNI en el ejercicio de sus funciones no garantiza la seguridad de los datos, ya que el uso privado que cada agente pueda hacer de su dispositivo no resultaría compatible con las medidas de seguridad que para el ejercicio de las funciones de indagación, investigación y prevención de delitos e infracciones deban adoptarse. Además, conviene señalar que dicho dispositivo queda fuera del control del responsable del tratamiento”, recuerda la agencia estatal.

Alude al riesgo de brechas de seguridad en los móviles personales que dé acceso indebido de terceros a esos datos. Teniendo en cuenta esa posibilidad, “debe considerarse que el uso de cámaras o móviles personales de los agentes no garantiza la seguridad de los datos, en tanto que los usos privados que cada agente pueda realizar con sus propios dispositivos no resultan compatibles con las medidas de seguridad que para el ejercicio de las funciones de policía judicial deben adoptarse por los responsables del fichero policial del que formarán parte tales grabaciones. Asimismo, en el caso de que se utilizasen dispositivos inteligentes que se hayan entregado con carácter oficial para su uso con fines policiales, deberán adoptarse todas las precauciones para impedir accesos indebidos a los datos que con ellos se capten”, argumenta la agencia.

Policías locales en Xinzo con dispositivos tecnológicos para su labor operativa. FdV

Basta con la exhibición del DNI y toma de datos por los agentes

Protección de Datos añade que, para el objetivo de identificar a una persona y llegar a abrir un expediente sancionador, “basta con la exhibición del DNI y toma de datos por los agentes, sin que sea precisa la conservación posterior de la imagen”.

¿Qué sucede en otros cuerpos? Fuentes consultadas de la comisaría provincial de la Policía Nacional indican que "era una práctica habitual muy extendida en el ámbito policial y muy efectiva, policialmente hablando, para recabar la identificación de las personas, especialmente de noche en zonas con poca iluminación y en intervenciones que requieren de cierta celeridad para evitar que se recrudezcan los ánimos. Fue de mucha utilidad en la pandemia cuando no era conveniente permanecer mucho tiempo en contacto con la gente", explican estas fuentes.

Comisaría provincial de la Policía Nacional en Ourense. BRAIS LORENZO

Hay una aplicación oficial de mensajería denominada IMBOX que, previa solicitud, es posible descargar en el teléfono particular, para así poder acceder a grupos de trabajo para compartir información policial, "pero que no impide que alguien haga un pantallazo y esa información pueda circular por otro canal con total libertad y descontrol", admiten estas voces.

El comisario de Ourense, Juan Carlos Blázquez, y el subdelegado del Gobierno, Emilio González, anunciaron el pasado abril la dotación de seis tabletas, de partida, para poder hacer comprobaciones de matrículas –por si un coche ha sido robado–, identificar a una persona sin necesidad de trasladarla a la comisaría, así como verificar si tiene antecedentes, entre otras posibles gestiones.

"Se ha dicho que nos iban a facilitar unas tablets con acceso a las aplicaciones policiales y todavía estamos esperando que esto se produzca", afirman las fuentes consultadas.

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