Confirman la primera de las dos condenas a un joven por abusar de dos menores
El TSXG ratifica una sentencia de 8 años por forzar a una menor de 14. Condenado a 5 años por abusar de una de 17, espera el recurso

Los dos juicios por abusos a las menores se celebraron en la Audiencia Provincial a puerta cerrada. / FERNANDO CASANOVA
J. F.
Con 28 años, un acusado acumula dos condenas de la Audiencia Provincial de Ourense que suman 13 años por abusar sexualmente de dos menores de edad, que tenían 14 y 17 cuando sufrieron los delitos. El joven fue juzgado por ambos hechos con una diferencia de dos semanas.
La primera condena, que le impuso 8 años de cárcel, 8 de alejamiento, 8 de libertad vigilada así como el pago de una indemnización de 3.000 euros, ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El recurso contra la segunda condena, de 5 años de prisión, 7 de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima más 5 años de libertad vigilada, se encuentra en trámite y la resolución no tardará, puesto que la Sala de lo Civil y Penal resuelve con prontitud y apenas tiene demora.
En septiembre de 2018, el encausado, que tenía 24 años, mantuvo una breve relación sentimental con una menor de 14 años. En una de las reuniones que mantuvieron en un domicilio de su familia, el acusado “insistió en mantener relaciones sexuales con ella, accediendo finalmente la menor, y consumándose dicha relación”.
El TSXG confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial a principios del mes de mayo. “No constatada irracionalidad o arbitrariedad, este cauce de apelación no está destinado a suplantar la cabal interpretación que la sentencia hace de las pruebas apreciadas de manera directa ni a efectuar un nuevo análisis crítico del bagaje probatorio para sustituir la evaluación de la Audiencia de Ourense por la del recurrente, una vez que aquella dispuso de prueba con sentido preciso de cargo, suficiente y válida, y la valoró racionalmente”, subrayan los magistrados del TSXG.
La Audiencia plasmó en su sentencia que la declaración de la víctima constituyó “prueba de cargo suficiente para estimar acreditada la existencia del delito de abuso sexual objeto de denuncia”. Desde su primera declaración, ofreció una “idéntica versión de lo sucedido”.
El testimonio de la menor estaba avalado por la testifical de una de sus amigas, a la que le relató lo ocurrido con el procesado, así como por la de su madre, que puso de manifiesto que en los días posteriores a los hechos percibió cómo su hija “no dormía bien” e incluso la llevó al pediatra.
Además, dejó de acudir a la casa familiar del procesado, a la que iba con frecuencia, ya que también era amiga de su hermana. Las psicólogas del Imelga no apreciaron fabulación.
Los magistrados tuvieron en cuenta que la diferencia de edad entre el acusado y la víctima es de diez años. “Esta circunstancia objetiva va acompañada del hecho de no resultar acreditado que el procesado presente una madurez que no se corresponde con su edad”, indicaron en la sentencia que ha confirmado el TSXG, desestimando el recurso de apelación. Aún cabe recurso de casación al Supremo.
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