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Un condenado por prostitución de menores no se arrepiente y le niegan un permiso de salida

Pese a su buena conducta y su participación en actividades en prisión, rechazan el beneficio porque le quedan 4 años y no asume su culpa

El recluso fue condenado en Ecuador y está en el centro penitenciario de Pereiro de Aguiar desde 2021. INAKI OSORIO

La Audiencia Nacional confirma un auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que denegó un permiso de salida a un hombre condenado en Ecuador a 10 años de prisión por prostitución de menores que está interno en el centro penitenciario de Pereiro de Aguiar desde 2021.

La junta de tratamiento de la prisión se había opuesto a su salida en un acuerdo de septiembre de ese año. En una resolución del pasado 21 de abril, la Audiencia desestima la apelación.

Alegó que cumplió la mitad de la condena en julio de 2021, que tiene buena conducta y que ha realizado varios cursos en la cárcel. También argumentó el apoyo familiar. Además, indicó que sus padres y hermano están fallecidos y debía arreglar los papeles de la herencia.

Tiene viviendas en propiedad alquiladas, pero en las que podría vivir si sale en libertad. También indicó que sufre una pérdida de visión de un ojo y una hernia discal, por lo que necesitaba acudir al médico.

"El permiso pierde su finalidad de preparación para la vida en libertad"

El recluso no cumplirá por completo su condena hasta julio de 2026. Su comportamiento es bueno y colaborador, no tiene sanciones y respeta las normas de régimen interior en la prisión, además de participar en actividades prioritarias y complementarias, con una evaluación destacada. Sin embargo, no asume su responsabilidad y niega los hechos por los que cumple condena.

"La falta de asunción de responsabilidad hace necesario una mayor profundización en el tratamiento en relación con su actividad delictiva y que pueda ser constatada por el equipo técnico, lo que aún es prematuro por el escaso tiempo que lleva en el centro"

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“Se consideran adecuadas las razones en que se basa la decisión judicial denegatoria, como son la gravedad de la actividad delictiva, insuficiente consolidación de factores positivos en este momento y falta objetiva de suficientes garantías de hacer buen uso del permiso, pues tiene una larga condena por un delito muy grave, y aún le quedan cuatro años de cumplimiento, por lo que el permiso pierde su finalidad de preparación para la vida en libertad”, considera la Audiencia Nacional.

Aun cuando presenta buena conducta y su participación en las actividades programadas es destacada, no cabe duda de que la falta de asunción de su responsabilidad en el delito cometido hace necesario una mayor profundización en el tratamiento en relación con su actividad delictiva, y que pueda ser constatada por los miembros del equipo técnico del centro, lo que aún es prematuro por el escaso tiempo que lleva en el centro penitenciario”, finaliza la sala.

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