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Un “supermercado de la droga” en un narcopiso le acarrea 7 años y 4 meses de cárcel

Condenan a un miembro del clan de los vietnamitas, reincidente en narcotráfico y tenencia ilícita de armas. La investigación de la Policía fue “base legítima y suficiente” para el registro, afirma la Audiencia

El acusado, a su llegada al juicio bajo custodia de la Guardia Civil. IÑAKI OSORIO

Domingo G. N., de 65 años, integrante del histórico clan de narcotráfico de los ‘vietnamitas’, ha sido condenado a 7 años y 4 meses de prisión, más 38.000 euros de multa por tráfico de drogas y tenencia ilícita de armas. Es reincidente. En septiembre de 2020 ya fue condenado en firme por los dos mismos delitos.

Al juicio, celebrado la semana pasada, acudió desde el centro penitenciario. Se acogió a su derecho a no declarar en la vista, como ya hizo en la fase de instrucción. La Audiencia Provincial de Ourense considera que es autor de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, por el que le impone 5 años y medio de prisión más el pago de la multa, así como de un delito de tenencia ilícita de armas, por el que lo condena a 22 meses de cárcel.

En una resolución de la que ha sido ponente Manuel Cid Manzano, la sala considera acreditado que D. G. N. vendía drogas en su casa del barrio de Covadonga, que utilizaba como un narcopiso en el que se facilitaba el consumo a los toxicómanos.

El grupo operativo de estupefacientes de la Policía Nacional de Ourense montó un dispositivo de vigilancia sobre la vivienda, durante el cual observaron “un constante movimiento de personas que acudían al mismo”.

Los funcionarios interceptaron, entre agosto de 2020 y febrero de 2021, “a distintos compradores que salían de dicho domicilio con diferentes dosis de sustancias estupefacientes”. Los agentes, después de obtener la autorización judicial, registraron el 4 de marzo de 2021 el inmueble, en cuyo interior decomisaron, además de dinero en efectivo procedente del tráfico ilícito, diversas cantidades de cocaína, heroína y cannabis, en múltiples envoltorios y bolsitas. Había, además, una báscula de precisión.

Droga y armas incautadas en la operación. POLICÍA

El precio de toda la droga incautada en la llamada ‘Operación Vietnamita’ hubiera superado los 20.000 euros en el mercado ilícito. En el momento en el que los agentes entraron al domicilio, había varios consumidores en el salón.

En el dormitorio principal, los policías se incautaron de dos revólveres en un estado apto para disparar, y munición. El encausado, que comunicó a los agentes el lugar en el que los guardaba –una cómoda–, no tenía licencia.

La Audiencia valida el registro: “Es evidente que la autorización para la entrada y registro de la casa fue acordada por el instructor teniendo indicios, más que suficientes, de la comisión de un delito contra la salud pública”

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La defensa solicitó la nulidad del registro, al considerar que la solicitud se basaba en conjeturas pero no en pruebas del delito. La Audiencia recuerda que la Policía realizó “un muy variado grupo de actas de aprehensión de sustancias de consumidores que salían de esa casa, algunos de los cuales manifestaron a los agentes que se las había vendido el acusado y su compañera”.

Con las incautaciones, más las vigilancias policiales, existía un “indicio inicial incriminatorio de la realidad del delito denunciado, así como de las personas implicadas, lo que sirvió de base legítima y suficiente para que el magistrado del juzgado de Instrucción autorizara la medida restrictiva del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio”, expone la sala.

“Por lo tanto, la solicitud de entrada y registro no se basó en meras sospechas o prospecciones, sino en vigilancias policiales que dieron lugar a la interceptación de un plural conjunto de sustancias estupefacientes que, a la vista de las vigilancias policiales, se desprende que había sido comprada en la vivienda”.

En contra de la petición de la defensa, la Audiencia Provincial resuelve que “es evidente que la autorización para la entrada y registro de la casa fue acordada por el instructor teniendo indicios, más que suficientes, de la comisión de un delito contra la salud pública”.

El encausado se acogió a su derecho a no declarar. INAKI OSORIO

Cámaras de seguridad y avisos

Las cantidades de droga incautadas en la operación –“de las cuales sobresalen las de cocaína de 80,26 y 19,6 gramos, con altísima pureza de 94 y 82,8%, según señala el tribunal– “superan con creces la que podría entenderse destinada al autoconsumo”.

La Audiencia Provincial de Ourense también tiene en cuenta “tanto la cantidad y la variedad de sustancias aprehendidas y dinero ocupado, como el instrumental hallado (báscula, bolsas preparadas, cámara de grabación) y las instrucciones contenidas en avisos fijados en las paredes de la primera planta”.

Los policías consideraron que el piso superior, un primero, era un “narcopiso o narcosala”. Una agente lo tildó de supermercado de la droga. Había, “perfectamente diferenciadas, una dependencia dedicada a exposición y venta y otra a sala de consumo”, recoge la sentencia.

Que hubiera un descenso en el número de toxicómanos que acudían a la casa mientras el encausado estuvo ingresado en el hospital, y no su total ausencia, “a buen seguro obedece a la posible presencia de colaboradores”, señala la Audiencia.

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