Cerca de 7.000 edificios de más de 50 años tendrán que hacer un informe de evaluación
Se trata del IEE, un completo estudio técnico, del que saldrá el “libro” de ese inmueble, con todos los datos de titularidad, conservación, seguridad ELos concellos serán los encargados de que los propietarios hagan este test

Calle Concordia, donde están muchos de los edificios que superan los 50 años | // IÑAKI OSORIO / M.J.Álvarez
M.J.Álvarez
Cerca de 7.000 edificios residenciales colectivos de Ourense, (no afecta a viviendas unifamiliares) que tienen más de 50 años de antigüedad, tendrán que encargar un Informe de Evaluación de Edificios, el IEE, que debe de ser elaborado por personal técnico cualificado, y en el que debe de constar toda una larga serie de parámetros, desde el estado del inmueble, su estructura, accesibilidad para mayores, eficiencia energética y un largo etcétera.
Una vez realizado ese diagnóstico global, se dispondrá del llamado “libro” de cada edificio, que pasará a formar parte del Registro Gallego de Informes de Evaluación de los Edificios ( REGIAE). Los concellos serán los encargados de, en base a los datos y deficiencias encontradas, hacer cumplir a los propietarios, las obras necesarias para adaptarse a la normativa vigente.
Son en torno a 360.000 edificios de más de medio siglo, los que deben encargar el EE en Galicia, y ha de ser personal cualificado el que los elabore, con lo cual el precio estimado no bajaría de los 1.000 euros, según estimaciones de profesionales consultados. El Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia (COAG) remitió un escrito a todos los ayuntamientos de la comunidad autónoma, con el objeto de recordarles su deber de vigilar que los propietarios de edificios de viviendas, cumplan con el estipulado en el Decreto 61/2021 de 8 de abril.
Este decreto es el que regula la obligación de hace este nuevo informe técnico, en base al cual se creó el mencionado Registro Gallego de Informes de Evaluación de los Edificios el REGIAE), dependiente del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) de la Xunta de Galicia.
Plazo hasta mayo de 2024
La mencionada resolución autonómica, da también un plazo, un plazo en el que esos edificios de viviendas de más de 50 años tendrán que disponer del Informe de Evaluación de Edificios –IAE en gallego/ IEE en castellano– que ha de ser antes de 20 de mayo de 2022. No obstante cada concello puede marcarse su propia hoja de ruta, de modo que la fecha final de presentación no exceda de mayo de 2024.
A fecha de hoy, hablaríamos de que están afectados los edificios construidos desde 1972 en adelante pero, como es evidente, se irán incorporando a esta obligatoriedad de realizar el IEE, una vez superado el famoso ITE, Inspección Técnica de Edificios, aquellos inmuebles que vayan cumpliendo el medio siglo desde su construcción, en los años sucesivos.
El COAG ha advertido en sus escritos enviados a todos los concellos que “el decreto establece que los propietarios tendrán el deber de disponer y presentar este informe, y los ayuntamientos serán la figura competencial responsable de controlar que los propietarios cumplan con el deber de conservar sus bienes inmuebles” .
Los IEE, o Informes de Evaluación de Edificios, son instrumentos e impulsados por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España. El objetivo, afirman es “promover actuaciones de rehabilitación integral de los edificios, a partir de un diagnóstico preciso sobre su situación y potencial de mejora, y que reúne las recomendaciones de la directiva europea en el pasaporte del edificio.
En este punto, el Colegio manifiesta que a día de hoy la Xunta de Galicia solo publicó las ayudas de vivienda, “aunque en un corto plazo de tiempo está previsto que se publiquen las resoluciones correspondientes a las ayudas para la redacción del Libro del Edificio Existente (LEE), y la línea de rehabilitación de edificios, centradas en la mejora de la eficiencia energética del parque inmobiliario construido de más de 20 años con el fin de reducir las emisiones de CO2 y procurar la protección del medio ambiente”
Estos informes de evaluación que ahora se exigen a los edificiones de más de 50 años permitirán saber también cuáles son los inmuebles que El Libro del Edificio Existente, es un instrumento impulsado por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, para promover actuaciones de rehabilitación integral de los edificios, a partir de un diagnóstico preciso sobre su situación y potencial de mejora, y que reúne las recomendaciones de la directiva europea en el pasaporte del edificio.
El largo modelo a cubrir analiza desde accesibilidad para mayores de 70, patologías del inmueble o eficiencia
De acuerdo al mencionado Decreto 61/2021 de 8 de abril, que f explica todo el proceso necesario, e incorpora incluso un modelo de informe, con todos los apartados que debe cumplimentar los propietarios de edificios de más de 50 años, deben incluir, como primer paso, los datos de identificación del edificio, propiedad y de la persona que suscribe el IEE. En este apartado, se deberán definir los datos generales del edificio, su antigüedad, los usos característicos, superficies, tipología, las características urbanísticas, así como la descripción de los sistemas constructivos del edificio respecto a la cimentación, estructura, cerramientos verticales, cubiertas e instalaciones. También el estado de conservación del edificio; las condiciones básicas de accesibilidad universal de los edificios. Se describirán las condiciones referidas a la accesibilidad y sus dotaciones. Además se realizará un análisis “de los posibles efectos discriminatorios de la no adopción de las medidas de adecuación referidos al número de personas con discapacidad o mayores de 70 años empadronadas en el mismo, así como el número de viviendas con itinerario accesible” indica el decreto. También debe dar cuenta el propietario o propietarios de la certificación de la eficiencia energética. En el artículo 8, se aborda la e valuación del estado de conservación del edificio, de sus elementos estructurales, constructivos y de las instalaciones, constatando las patologías o deficiencias que se puedan apreciar de la inspección visual y clasificando estas. En cualquiera de los casos, si el técnico informante pudiera apreciar que el estado o características de alguna de estas instalaciones pueden poner en riesgo la seguridad de las personas usuarias o del edificio, deberá indicarlo en el IAE. En el caso de edificios catalogados o declarados bienes de interés cultural, se debe cumplimentar ese apartado.
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