Tres años y medio de cárcel por publicar en Facebook un vídeo de su ex desnuda
El contenido, un montaje de varias fotos, estuvo disponible en la red cuatro horas. Meses antes le impusieron una orden de alejamiento por maltrato. “Tenía un móvil: los celos”, concluye la jueza

El juicio se celebró en el Penal 1 de Ourense. // F. CASANOVA / J. f.

Un hombre de O Carballiño de 45 años ha sido condenado a 3 años y medio de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. La sentencia, dictada por la jueza de refuerzo de los penales de Ourense, Irina Fernández, no es firme y admite recurso de apelación a la Audiencia Provincial. Según los hechos probados de esta primera resolución, el acusado, que carece de antecedentes penales, publicó el 12 de abril de 2020 en su perfil de la red social Facebook un vídeo montaje con imágenes de su expareja, víctima de violencia machista, en las que aparecía desnuda y en ropa interior.
“Las imágenes afectan a la identidad física y fisiológica de la víctima, mostrando partes de su cuerpo y comportamientos que en ningún caso tenían por qué ser de acceso público sin su consentimiento”
Algunas de esas fotografías habían sido realizadas en su momento por la víctima en su vivienda, y remitidas al encausado a través de las aplicaciones Whatsapp y Messenger. Sin embargo, según recoge la sentencia, al menos dos de las imágenes que formaban parte del montaje no fueron proporcionadas por la mujer, sino que el acusado accedió directamente a ellas. La víctima sospechaba que las hubiera conseguido a través de la ‘nube’, puesto que tenía su contraseña y ambos compartían ordenador.
El vídeo estuvo visible durante un periodo aproximado de cuatro horas. La jueza indica en la resolución que “estos hechos han tenido un impacto emocional negativo en la víctima, generándole un daño reputacional en relación con su familia”. Una pariente vio el vídeo en la red y alertó a la denunciante, cuya declaración es “totalmente coherente y verosímil”, destaca la jueza.
“Las imágenes afectan a la identidad física y fisiológica de la víctima, mostrando partes de su cuerpo y comportamientos que en ningún caso tenían por qué ser de acceso público sin su consentimiento”.
El vídeo iba acompañado de un texto que delataba “resquemor o resentimiento frente a la denunciante, y no debe entenderse como una mera casualidad que, menos de 4 meses antes, se hubiera dictado una orden de protección”
La sentencia, que atribuye la agravante de parentesco, suma una orden de incomunicación y alejamiento de la víctima durante 2 años, a una distancia mínima de 500 metros, más una indemnización de 2.000 euros.
“Tenía un móvil: los celos”
La defensa alegó que el acusado no fue quien hizo la publicación con su cuenta. “Llama la atención que de no ser él quien creó dicho perfil no hubiera interpuesto denuncia por suplantación de identidad”. Además, el vídeo iba acompañado de un texto que delataba “resquemor o resentimiento frente a la denunciante, y no debe entenderse como una mera casualidad que, menos de 4 meses antes, se hubiera dictado una orden de protección”.
El acusado mencionaba un nombre de un varón que ayudó y apoyó a la víctima en su denuncia por malos tratos. “Tenía un móvil: los celos”, considera la jueza.
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