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El exalcalde Manuel Cabezas será juzgado por malversación por un tribunal de magistrados de civil

Las recusaciones y abstenciones de la sección penal obligan a conformar sala con dos magistradas civilistas más el juez JAT

Cabezas, en una imagen de 2018 en el juzgado. // IÑAKI OSORIO

Las recusaciones formuladas por la defensa del exalcalde de Ourense Manuel Cabezas contra el primer tribunal designado para juzgarlo por presuntas prevaricación y malversación en el conocido como caso del 10%, así como la abstención aceptada de los otros dos magistrados de la sección penal de la Audiencia Provincial, obligan a que la causa sea enjuiciada por la Sección Primera o civil, por una sala compuesta por dos magistradas especializadas en esa rama del derecho –María José González, que ejercerá como presidenta, y Pilar Rodríguez– más el juez de adscripción territorial JAT, Ricardo Pailos, quien actualmente presta servicio en dicha sección de la Audiencia, aunque cuenta con cinco años de experiencia previa en los juzgados de lo Penal.

Ese bagaje anterior en la especialidad convierten a Pailos en el magistrado ponente de esta causa. Según plasma en un acuerdo la presidenta de la Sección Primera de la Audiencia, le corresponde “por ser el único magistrado procedente de la jurisdicción penal integrado en esta sección de la Audiencia en régimen de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, habiendo prestado servicios como magistrado durante los últimos cinco años en los juzgados de lo Penal de esta ciudad, teniendo preferencia en la sustitución los magistrados del mismo orden jurisdiccional que sea competente para el conocimiento del proceso, siempre que sea posible”.

La causa contra el que fue regidor de la ciudad entre 1995 y 2007, con el PP, y contra el exedil de Urbanismo Ricardo Campo Labrador –en el cargo entre 1999 y 2003– fue impulsada por Áurea Soto, exconcejala del PSdeG en esa área entre 2007 y 2015.

La Fiscalía y la exedil solicitan una condena de 7 años de cárcel y una indemnización de millón y medio de euros, además de una larga inhabilitación. Los expolíticos están acusados de supuestas exenciones a determinados promotores, durante parte de su mandato, de al menos el 10% del aprovechamiento de las iniciativas privadas para un fin público. Soto denunció en 2014, aportando un informe del Consello de Contas que cifraba en 1,65 millones de euros el perjuicio causado a las arcas públicas.

La defensa de Campo Labrador, que ejerce el abogado Jorge Temes, pide su absolución alegando que los hechos estarían prescritos desde 2013 (un año antes de la denuncia de Áurea Soto) y que, en todo caso, los ediles contaban con informes técnicos y jurídicos a favor para las exenciones urbanísticas.

José Fernández, letrado de Manuel Cabezas, propone la comparecencia de una veintena de testigos y peritos, entre los que figuran funcionarios del Concello, el exalcalde Manuel Veiga Pombo, el entonces secretario del pleno, el interventor desde 2001 o distintos exediles de gobiernos populares de su época como Enrique Nóvoa -fue el siguiente regidor, sucediendo unos meses antes de las elecciones de 2007-, José Luis Rodríguez Cid, Belén Girón o Javier Rodríguez Nóvoa.

Varios de los exconcejales propuestos como testigos fueron citados a declarar como investigados en la fase de instrucción antes de que la causa se archivara a su favor.

Pendiente la fecha de juicio

Los acusados basan buena parte de su defensa en que en diciembre de 1994, siendo alcalde Veiga Pombo el pleno aprobó por mayoría absoluta, con una sola abstención, en base a dos informes emitidos por el secretario, Mariano Rodríguez, de fecha 6 de junio de 1994 y 3 de octubre de 1994, que según los encausados establecían la licitud de aprobación de los proyectos de compensación, sin el deber de exigencia a los promotores del aprovechamiento urbanístico.

La Audiencia Provincial aún no ha notificado la fecha del juicio.

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