La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a 12 años de prisión a Carlos P. P., por matar con su coche a un motorista de 37 años y nacionalidad portuguesa, circulando a una velocidad de 125 km/h en un tramo limitado a 60 km/h. No tenía carné, porque había sido privado del permiso durante un periodo de dos años. El suceso ocurrió el 7 de septiembre de 2019 en la travesía urbana de la N-525, a su paso por Ourense. La sala considera a Carlos P. P. responsable de los delitos de homicidio (10 años) y conducción temeraria en concurso con conducción sin carné (2). En cambio, el tribunal no ve pruebas de que circulara bajo los efectos de la cocaína y del alcohol. Además de la pena de prisión, impone la privación del permiso de conducir durante 6 años. Cabe recurso.

"Conocía que generaba un peligro con su temeraria conducción y, pese a ello, continuó contumaz en el desarrollo de su circulación insensata, sometiendo no solo a los demás usuarios de la vía sino al motociclista que le precedía a un riesgo gravísimo"

Tras realizar una maniobra temeraria y arrollar al motorista que le precedía, el acusado aceleró la marcha, por lo que “el conductor de la motocicleta resultó envuelto y atrapado en los bajos del Audi conducido por el acusado durante una distancia aproximada de 50 metros”. Los magistrados subrayan que el homicida, que entonces tenía 36 años, “no solo no frenó su turismo tras contactar con especial violencia con la motocicleta, sino que aceleró y, con ello, arrastró brutalmente al motociclista, lo que a buen seguro le causó la muerte”, expresa la Audiencia Provincial.

“De la prueba practicada se estima innegable que el acusado conocía que generaba un peligro bien concreto con su temeraria conducción y, pese a ello, continuó contumaz en el desarrollo de su circulación insensata, sometiendo no solo a los demás usuarios de la vía sino al motociclista que le precedía a un riesgo gravísimo que no podía controlar”, indica el magistrado ponente, Manuel Cid Manzano.

“Antepuso su propósito de no ser descubierto (por hallarse privado del permiso de conducir) a aminorar el daño físico a un tercero”

“Sabía” que fallecería

El tribunal considera probado que el conductor percibió que llevaba arrastrada a la víctima bajo su coche pero no frenó. “Tal y como se demostró en el juicio, el motociclista era muy corpulento y la percepción de su arrastre bajo el turismo era indiscutible. Sabía que, si no frenaba tras el alcance inicial, las consecuencias, plenamente perceptibles, serían letales, y a pesar de ello, continuó su marcha”, recalcan los magistrados en la resolución.

“Antepuso su propósito de no ser descubierto (por hallarse privado del permiso de conducir) a aminorar el daño físico a un tercero”, manifiestan los jueces, quienes señalan que, pese a las “reiteradas advertencias” de su copiloto, no detuvo el coche. “Es evidente que, representándose como probable un resultado nocivo muy grave aceptó las consecuencias de su actuación”, razona la Audiencia Provincial sobre el homicidio tipificado por el dolo eventual.

El lugar donde terminó la moto tras el atropello mortal

El copiloto: "Le dije que parase y él no paró, aceleró muy fuerte"

“Se notó que pasamos por encima de un cuerpo. De hecho se veía porque se quedó enganchado. Yo le dije que parase y él no paró, aceleró muy fuerte. Le repetí que parase y me dijo que me callase y no molestase”, declaró el copiloto.

La sala subraya que el testimonio del copiloto, que dice no saber conducir y carece de carné, es “esclarecedor” y goza de “contundencia y credibilidad expresiva totalmente evidente”

El acusado, que es reincidente pues ya fue condenado por delitos viales con anterioridad –una sentencia es de tres días después de estos hechos–, dijo en la vista que quien conducía era el otro ocupante. Su ADN estaba en el volante y la palanca de cambios (en este elemento solo había de él). Tras la fuga se detuvo a 1,1 kilómetro del lugar del siniestro, en Couto Berredo, por la avería del vehículo.

La sala subraya que el testimonio del copiloto, que dice no saber conducir y carece de carné, es “esclarecedor” y goza de “contundencia y credibilidad expresiva totalmente evidente”. Al lado del coche se hallaron documentos del acusado. “Ninguno de los testigos de descargo aportados por la defensa manifestaron que estuviesen con él en el momento horario del accidente”, indica la sala.

La víctima estaba de viaje con su padre. Los dos circulaban en sus respectivas motos. El progenitor iba delante. “Oí un ruido enorme y los gritos de mi hijo. Vi a un coche negro a alta velocidad, a más de 100 kilómetros por hora. Iban dos personas. El conductor no miró para mí e iba con una sonrisa en los labios”. El padre asegura que tuvo que apartarse para no ser él también arrollado por el Audi. Dijo en la sala que el coche que mató a su hijo pasó “muy rápido” emprendiendo la huida, sin amago de frenar. “Nunca olvidaré” la matrícula.

En cambio, la Audiencia absuelve a Josefa P. G., acusada por presunto delito de encubrimiento. Ella aseguró en comisaría que se había marchado junto al conductor a O Carballiño a la hora de los hechos, para pasar allí el día. “No resulta acreditado que conociese que el acusado se había visto implicado en un grave accidente de tráfico”, señala la sentencia.

Tras la Zamburiña, nueva absolución para ‘Pucha’: no hay pruebas de que conociera la implicación

Con una diferencia de solo mes y medio, Josefa P. G., alias ‘Pucha’ se ha librado de dos causas en las que se enfrentaba a pena de prisión, aunque ambas absoluciones aún no son definitivas puesto que cabe recurso. En febrero, la Audiencia Provincial exculpó a esta acusada de narcotráfico en la operación ‘Zamburiña’, junto a otros supuestos traficantes y cuatro policías. Ahora sale absuelta de presunto encubrimiento al conductor condenado por homicidio. Para la sala “no resulta acreditado que conociese que el acusado se había visto implicado en un grave accidente de tráfico”.