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Archivada por prescripción la causa de un cura investigado por abusos a su sobrina

La víctima relató tocamientos reiterados cuando era menor pero la denuncia se formalizó transcurridos 10 años de su mayoría de edad | Este delito se extingue pasado un decenio

El palacio episcopal, sede de la Diócesis de Ourense. | // I. OSORIO

El magistrado de Instrucción 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, decreta el sobreseimiento libre de la causa en la que ha estado investigado un cura, F. M. M. L., de 51 años y ordenado en junio de 1995, por presuntos abusos sexuales a su sobrina cuando era menor de edad. Según su versión, de forma continuada el religioso aprovechaba cualquier situación para tocarle por todo el cuerpo, incluidas sus partes íntimas, llegando incluso a amenazarla si lo contaba. El instructor concluye que los hechos ya estarían prescritos. En cuanto la resolución sea firme –aún cabe recurso de reforma– se dejará sin efecto la orden de alejamiento, acordada el 29 de noviembre de 2019. El magistrado indica que los hechos imputados al cura serían constitutivos de un delito contra la libertad sexual, que cuenta con un plazo de prescripción de 10 años. El juez señala que es “indudable que ha transcurrido el referido plazo”, desde que la perjudicada alcanzó la mayoría de edad, en septiembre de 2009, hasta que interpuso la denuncia contra su tío, en noviembre de 2019. “Ha transcurrido sobradamente”. El defensor, Carlos Borrás, se muestra satisfecho, “si bien nos hubiese gustado que se entrase en el fondo del asunto para demostrar la inocencia”.

El instructor admite que “en la denuncia se hace referencia a alguna conducta ocurrida luego de haber cumplido la perjudicada los 18 años, pero dichas conductas, en concreto pasar por delante del establecimiento en el que trabajaba con su padre, o acompañar a su abuela, no se consideran constitutivas de infracción criminal. Tampoco se considera constitutivo de infracción criminal el hecho de que el investigado le enviase mensajes a través de la aplicación WhatsApp a su teléfono móvil, sin olvidar, además, que tales mensajes fueron enviados desde el teléfono de su abuela y por lo tanto no hay prueba de que el investigado fuese el autor de los mismos, ni se hace referencia en la denuncia a que el contenido de dichos mensajes fuese de algún modo ofensivo”, expone el magistrado.

Al abrirse el proceso, la Diócesis de Ourense apartó al religioso del ejercicio público del ministerio sacerdotal y además tramitó un proceso conforme al derecho canónico. Ejercía en parroquias de Allariz. El obispo de Ourense, Leonardo Lemos, “se puso en contacto con el sacerdote y, después de manifestarle la gravedad de la situación, de acuerdo con los protocolos vigentes de la Santa Sede y de la Conferencia Episcopal Española, lo apartó cautelarmente”, según explicaba la Diócesis en su día. “Desde el primer momento, y dentro del respeto al derecho constitucional a la presunción de inocencia que asiste a todo ciudadano, manifestamos nuestra total colaboración con la administración de justicia. También, con profundo dolor, lamentamos el posible daño causado a la víctima y a su familia”.

Tras ser citado a declarar como investigado, el cura negó los hechos en el juzgado y no se opuso a una orden de alejamiento e incomunicación con respecto a la víctima (tal y como habían solicitado tanto ella como la Fiscalía), a una distancia mínima de 200 metros. Según el auto inicial de la jueza que se encargó de esa declaración, los padres de la denunciante rompieron la relación con el sacerdote y le dijeron: “Allá tú y tu conciencia”. La perjudicada ratificó en el juzgado los hechos que antes relató a la Policía. A consecuencia de lo sufrido presuntamente con su tío paterno necesitó tratamiento psiquiátrico. La joven contó los hechos padecidos cuando era menor a su psicólogo, y el profesional alertó a los progenitores. La jueza que se encargó de las comparecencias apreciaba la existencia de indicios de delito. En el auto notificado ayer a las partes, el titular de Instrucción 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, decreta el sobreseimiento libre a favor del investigado debido a esa causa de prescripción.

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