Acusado de malversación urbanística por exenciones, durante parte de su mandato, de al menos el 10% del aprovechamiento de esas iniciativas privadas para un fin público a determinados promotores, el exalcalde Manuel Cabezas -regidor de la ciudad entre 1995 y 2007- ha presentado a través de su representación legal el escrito de defensa con el que irá a juicio por el conocido como caso del 10%, en el que la Fiscalía y la exedil de Urbanismo socialista Áurea Soto -la denunciante- solicitan una condena de 7 años de cárcel y una indemnización de 1,58 millones de euros, además de una larga inhabilitación. El abogado considera vulnerado el derecho de defensa por no haber recibido parte de la documentación. Además niega la comisión de delito alguno.

En un primer escrito de 28 de septiembre, el letrado José Fernández solicitó la ampliación del plazo para exponer sus argumentos. "A pesar de estar personados en la presente causa, no se nos ha dado traslado de determinada documentación obrante en la misma, lo cual además de vulnerar claramente nuestro derecho de defensa constitucionalmente reconocido, nos impide realizar con precisión el apartado de prueba documental, y también impide que tal documentación sea examinada por otros profesionales. Esta vulneración tan flagrante del derecho de defensa implicaría una clara indefensión a esta parte por cuanto vería cercenado su derecho de defensa".

El letrado adujo que, hasta el propio día de presentación del primer escrito, no dispuso de copia de cuatro tomos del Concello de Ourense sobre los proyectos urbanísticos cuya gestión política se enjuicia. Basándose en la tardanza en poder acceder a expedientes que "constituyen el núcleo de la acusación", la defensa pedía más tiempo para su escrito, entendiendo que el plazo no computaba hasta haber recibido el traslado de esa documentación clave. "A mayor abundamiento, tampoco puede perderse de vista el volumen y complejidad que presenta la presente causa, motivos que por sí solos ya serían justificativos para ampliar el plazo", argumentó además.

El juzgado desestimó la petición. En un segundo escrito, el abogado de Cabezas reitera que considera vulnerado el derecho de defensa. "Esta parte solo ha tenido 3 días para el estudio y análisis de los 4 tomos que contienen los proyectos de gestión urbanística del Concello de Ourense (...), en los que se basa la acusación" contra el exalcalde del PP y un exedil de Urbanismo de uno de sus gobiernos, Ricardo Campo Labrador -llevó el departamento entre 1999 y 2003-, para quien la Fiscalía solicita una pena similar y que -a través de su letrado, Jorge Temes- pide su absolución alegando que los hechos estarían prescritos desde 2013 -Áurea Soto denunció al año siguiente, aportando un informe del Consello de Contas que cifraba en 1,65 millones de euros el perjuicio para las arcas públicas- y que, en todo caso, contaban con informes técnicos y jurídicos a favor para las exenciones urbanísticas.

Más allá de exponer la queja, el abogado del exalcalde Cabezas niega la acusación de forma escueta, sin explayarse hasta el juicio. "Manifestamos nuestra disconformidad con el relato fáctico que hace tanto el ministerio fiscal como la acusación popular en sus respectivos escritos de conclusiones provisionales, al tener una visión diferente de la realidad de lo ocurrido. Los hechos sometidos a enjuiciamiento no son constitutivos de ningún tipo de infracción penal".

Pide que testifiquen exediles

La representación legal de Cabezas propone la comparecencia de una veintena de testigos y peritos, entre los que figuran funcionarios del Concello, el exalcalde Manuel Veiga Pombo, el entonces secretario del pleno, el interventor desde 2001 o distintos exediles de gobiernos populares de su época como Enrique Nóvoa -fue el siguiente regidor, sucediendo unos meses antes de las elecciones de 2007-, José Luis Rodríguez Cid, Belén Girón o Javier Rodríguez Nóvoa. Varios de los exconcejales propuestos como testigos fueron citados a declarar como investigados en la fase de instrucción antes de que la causa se archivara a su favor.

Los acusados basan buena parte de su defensa en que en diciembre de 1994, siendo alcalde Veiga Pombo el pleno aprobó por mayoría absoluta, con una sola abstención, en base a dos informes emitidos por el secretario, Mariano Rodríguez, de fecha 6 de junio de 1994 y 3 de octubre de 1994, que según los encausados establecían la licitud de aprobación de los proyectos de compensación, sin el deber de exigencia a los promotores del aprovechamiento urbanístico.