El primer Plan de gestión de usos y gestión de Serra de Enciña da Lastra así como el del Parque Natural do Invernadeiro, espacios naturales situados en Rubiá y Vilariño de Conso respectivamente, entrarán en vigor el día 8 de octubre, como se anuncia en el DOG de ayer, y tendrán una vigencia de seis años. Es un instrumento específico para gestionar, proteger y conservar los valores de ambos espacios naturales garantizando el uso y la gestión adecuada de sus recursos. Entre las novedades destacan un plan de emergencia y de auto protección que mejorará la capacidad de respuesta ante posibles emergencias, y otro de actuación con diferentes líneas de trabajo para avanzar en materia de conservación de la biodiversidad, paisaje, investigación y uso público.

En el caso de la Serra de Enciña da Lastra sus 3.151 hectáreas alberga los "aciñeirais" más extensos y mejor conservados de Galicia. Destaca la Aciñeira de Covas, que con más de 500 años está declarado árbol singular por la Xunta por ser una reliquia botánica. Mantiene "salgueirais" mediterráneos muy escasos en Galicia, y conserva los únicos "tomiñares".

El plan clasifica cuatro categorías. Así, las zonas que requieren de un alto grado de protección por albergar los mayores valores naturales, científicos y paisajísticos es la denominada zona de reserva (Zona I), destinada exclusivamente a actuaciones y usos directamente vinculados con la gestión, investigación, seguimiento y recuperación de los componentes de la biodiversidad y del patrimonio natural. La zona de uso limitado (Zona II) son las que requieren de mayor protección por albergar valores naturales de excepcional rareza, por su escasez o diversidad, o de especial fragilidad. El acceso y desplazamientos de los visitantes estarán permitidos, aunque con ciertas limitaciones, y podrán desarrollarse usos tradicionales con restricciones específicas. Incluye las laderas cubiertas por "aciñeirais", las "tomiñeiras" y pastos naturales, los ríos Sil y Galir, y riachuelos y riberas fluviales.

La Zona III, de uso compatible, está formada por áreas que albergan hábitats prioritarios o de interés comunitario, de especies de interés para la conservación que forman parte de una matriz que incluye elementos del paisaje agrario tradicional y cultivos forestales. Se permiten los aprovechamiento tradicionales, actividades deportivas y recreativas de baja incidencia ambiental, especialmente el sendeerismo, y otras.

Y la zona de uso general (Zona IV) es el territorio con un valor medio o bajo de conservación, como los núcleos rurales, la cantera de Pereda, la central eléctrica de Cornatel, la presa de Penarrubia, los viales asfaltados, y las grandes áreas de uso público.

Y O Invernadeiro es un parque de montaña despoblado, con 5.722 hectáreas, declarado como parque natural el 5 de junio de 1997, con gran importancia ecolóxica, por la singularidade de sus ecosistemas y hábitats, como su geomorfología y paisaje. Cuenta con una gran biodiversidade, cunha gran riqueza faunística, especialmente mamíferos y aves.

En este parque solo se delimitan tres zonas, siendo la Zona 1 la que require un alto grado de protección, siendo el tercio norte, que comprende el Val da Corga de Aguacenza, el Val do Figueiro y los valles de Casarello y PuxoNegro, que albergan las más valiosas formaciones de bosque autóctono del Parque Natural y se corresponden con las cabeceras de cuenca de Ribeira Grande. Esta zona se destinará exclusivamente a actuaciones y usos directamente vinculados con la gestión, investigación, seguimiento y recuperación.