La fiscal general del Estado, María José Segarra, suspende provisionalmente al fiscal jefe de Ourense, Florentino Delgado. Es una medida cautelar, por un máximo de seis meses, mientras se tramita un expediente disciplinario por el caso de su piso, una vivienda de 200 metros cuadrados en el centro, en la que reside desde que aceptó el destino en Ourense, en 2004, y cuyo alquiler de 950 euros al mes la Xunta sufragó durante más de una década. La administración le requirió que dejara el domicilio en agosto de 2016. Dos años después, Florentino Delgado firmó una querella por presunto acoso inmobiliario a una nonagenaria contra dos cargos de la consellería de Facenda, una de las cuales -la secretaria xeral de Patrimonio- había comunicado al fiscal que se marchara de su vivienda cuando la Xunta decidió que no asumiría más el alquiler. La Fiscalía General del Estado aparta cautelarmente al fiscal jefe de Ourense, que ya ha asumido los gastos atrasados de la renta de su domicilio. En los próximos días, el propietario del piso presentará un escrito en el juzgado para solicitar el archivo del pleito contra la Xunta, una vez que el inquilino, el fiscal, ha regularizado -faltan pequeños flecos- la situación de impago de la renta que se mantiene desde verano de 2016.

La relegación obedece, según fuentes de la Fiscalía Superior de Galicia, a que "dentro del expediente disciplinario abierto al fiscal jefe de Ourense, Florentino Delgado, por el asunto de la vivienda que venía ocupando en la capital ourensana, la fiscal general del Estado ha decidido adoptar la medida cautelar de suspensión provisional de funciones, mientras no se resuelve el mencionado expediente". El cargo pasa en funciones el actual teniente fiscal, Carlos Valenzuela.

La Xunta sufragó entre 2004 y 2016 la renta de la vivienda de Delgado. El fiscal jefe entendía que le asistía una especie de derecho adquirido para poder mantener gratis esta casa. Ante la situación de impago, el propietario, un octogenario, acudió a la vía judicial. Presentó una demanda contra la Xunta en abril de 2018 en la que solicitaba 21.706 euros, incluido el IVA. Este procedimiento será archivado en los próximos días, una vez que el abogado del dueño pida la terminación del proceso por carencia sobrevenida de objeto, una vez que el fiscal regularizó los gastos acumulados.

Tras airearse el conflicto, Facenda expuso que "cesó en el abono del alquiler previa notificación a todas las partes. Desde ese momento la Xunta ya no es titular del contrato ni de ningún contrato de alquiler de cargos judiciales", sostuvo la consellería. En ningún momento la Xunta llegó a instar un desahucio del fiscal jefe aunque sí le requirió por escrito que abandonara el domicilio, lo que Florentino Delgado rechazó. Entretanto, otro departamento de la administración autonómica, el área de Vicepresidencia, Administracións Públicas e Xustiza, siguió costeando los gastos de suministro del piso.

Archivo del acoso inmobiliario

A principios de mes, el juez de Instrucción 2 de Ourense, Luis Doval, archivó la causa abierta por un presunto delito de coacción inmobiliaria en el que fueron investigados dos cargos de la Xunta, tras la querella que el fiscal jefe presentó en octubre de 2018. Delgado intervino contra dos responsables de Facenda pese a que una, la secretaria xeral técnica e do Patrimonio, Socorro M.H., firmaba un escrito en 2016 en el que solicitaba al fiscal que se marchara de la vivienda una vez que la administración decidió no costearlo más.

Tiene otro expediente abierto

La suspensión provisional por el caso de su piso relacionado con la querella por acoso inmobiliario se suma a otra decisión adoptada en marzo por la Fiscalía General del Estado, que abrió expediente disciplinario al fiscal jefe de Ourense tras una acción promovida por las denuncias de los abogados de la exconcejal de Urbanismo de Ourense Áurea Soto (PSdeG-PSOE).

La Fiscalía General investiga a Delgado por hasta cuatro faltas muy graves: abuso de la condición de fiscal para obtener un trato favorable e injustificado de profesional -en un expediente gubernativo con una defensa de Soto-, inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas por tener interés personal en dicho expediente gubernativo, ignorancia inexcusable en el cumplimiento de deberes también en ese trámite, así como una inobservancia del deber de abstención por supuesta enemistad manifiesta con la parte acusadora -la exedil- en la causa del 10% contra Cabezas. Asimismo, el expediente analiza otras dos presuntas faltas graves: retraso injustificado en el despacho de asuntos -por "actuación retardaria" en el caso de la supuesta malversación urbanística- y desconsideración respecto de abogado en el expediente gubernativo.