La DO Ribeira Sacra podrá producir vinos rosados amparados y amplía la delimitación geográfica a nuevas parroquias en los municipios de Saviñao, A Teixeira y Sober tras salir ayer publicado en el Diario Oficial de Galicia la decisión favorable a su solicitud de modificación del pliego de condiciones de esta denominación de origen.

Después de que los cambios propuestos por la DO se publicaran en julio y no recibieran notificaciones en contra, se procede ahora a hacerlos efectivos con la publicación en el DOG del visto bueno al pliego por el que se rige el funcionamiento de esta DO, y en el que se actualizan las normas para adaptarlas a los gustos de los consumidores, las nuevas tecnologías etnológicas existentes y al dinamismo del territorio y de los productores, pero sin perder la esencia del vino producido secularmente en los valles de los ríos Miño y Sil.

Así, entre las novedades más destacables están las nuevas denominaciones de vinos de "garda" y "barrica", así como la posibilidad de producir rosados amparados por esta denominación de origen. Se regulan además los depósitos y tiempos mínimo autorizados para la crianza de los caldos amparados, contemplando materiales como la madera o el hormigón.

Desde el Consello Regulador consideran que estos nuevos vinos y elaboraciones pueden ampliar los horizontes comerciales para los caldos de la Ribeira Sacra. Así, ahora se podrán comercializar vinos con la mención "garda", para que también se distingan en el mercado. Se busca poner en valor elaboraciones que se llevan a cabo en recipientes de madera que por la capacidad no entrarían en la denominación "barrica", y también el uso de depósitos de cemento u otros materiales. Este tipo de elaboraciones se vienen realizando desde hace unos 15 años y son prácticas similares a las que se empleaban cuando aún no llegara el acero a la bodegas.

También se aprovechó para modificar los requisitos para los vinos que llevan la mención "súmmun", por lo que solo será necesario que estén elaborados con un 85 por ciento de uva de las variedades consideradas principales, sin obligar a que la mencía represente un 60 del total, como hasta ahora.

En cuanto a castes autóctonas la tempranillo pasa a tener la categoría de autorizada y se añaden las castes de uva blanca, blanco legítimo y caíño blanco. El blanco legítimo va a aportar su carácter terpénico y el caíño blanco enriquecerá en matices las elaboraciones. En el caso de las tintas se incorporan tres, siendo la gran negro, caíño largo y caíño bravo.

Por otra parte, en lo que se refiere a la zona amparada por esta DO, se mantiene prácticamente inalteradas las zonas de producción y elaboración autorizadas excepto algunos pequeños núcleos como el de Fontao, en A Teixeira, y Fión, en Saviñao, en las que históricamente se viene cultivando viñedo. En cuanto a la elaboración de vino, se amplía la zona a las parroquias de Gundivós (municipio de Sober) y Boazo (A Teixeira). Estos cambios se deben a ajustes en la delimitación territorial de las parroquias ya existentes.

En el nuevo pliego se hace una revisión de los parámetros organolépticos para las catas permitiendo una gama más amplia de registros olfato gustativos que reflejen la variedad que se da en una zona vitícola tan amplia.

Y en lo que se refiere a los rendimientos, se hace un pequeño ajuste técnico permitiendo obtener 69 litros a partir de 100 kilos de uva, frente a los 67 anteriores, que son parámetros que permiten obtener vinos de calidad con las modernas técnicas de prensado.