El juzgado de lo Penal número 1 de Ourense ha acordado absolver al alcalde independiente de A Pobra de Trives (Ourense), Francisco José Fernández Blanco, de un delito de prevaricación administrativa por el que fue juzgado a raíz de la denuncia presentada por un concejal, tras levantar una sesión plenaria en enero de 2014. El regidor se enfrentaba por estos hechos a ocho años de inhabilitación.

En el escrito facilitado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la magistrada sostiene que "no concurren los requisitos" para considerar los hechos constitutivos de un delito, "toda vez que no consta ningún informe de la secretaria accidental, ni del secretario-interventor, asesor de la Diputación ni de la empresa Lexdynamic, en el que se advierta al alcalde que el levantamiento de la sesión del pleno extraordinario señalado para el día 24 de enero de 2014 supondría una infracción penal".

Un exconcejal socialista acusó al regidor de Trives de no permitir debate ni voto en un pleno celebrado en 2014, en el que se abordaba su recusación. La Fiscalía pidió que se sobreseyera la causa al no apreciar delito del tipo penal. La titular del juzgado considera que no ha quedado acreditado que el regidor tuviera conocimiento de que su actuación, al acordar el levantamiento del pleno señalado para el día 24 de enero de 2014, "contraviniera la normativa vigente y fuera constitutiva de infracción penal".

Recuerda que para que exista delito de prevaricación administrativa es necesario, "en primer lugar, una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo; segundo, que la resolución sea objetivamente contraria al derecho; que ocasione un resultado materialmente injusto; o que sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario y con el conocimiento de actuar en contra del derecho".