El acusado de transferir a Ucrania dinero usurpado por internet obró con "ignorancia deliberada"
La Audiencia resuelve que actuó con "imprudencia grave" y le condena a 9 meses de prisión

El acusado, en el juicio. // B. Lorenzo
S.F. | OURENSE
La Audiencia de Ourense ha estimado que el malagueño Carlos H.C. obró con "imprudencia grave" cuando consintió ser beneficiario de una cuenta para recibir dinero de procedencia "fraudulenta" y transferirlo a Ucrania a través de tarjetas Ukash. El importe, casi 3.000 euros, fue usurpado en agosto de 2010 a un cliente de Caixa Rural Gallega de O Carballiño que tuvo problemas con la banca electrónica y confió sus claves con la "confianza" de que realizaba esa gestión con la entidad. El Ministerio Fiscal pedía una condena de dos años de prisión por receptación y blanqueo de capitales pero la Audiencia ha rebajado la pena a 9 meses y multa por el importe del fraude.
Para el tribunal han quedado acreditados todos los elementos integradores del tipo de blanqueo de capitales, como es la previa comisión de un delito contra la propiedad, estafa informática y la "ignorancia deliberada" del acusado sobre el origen del dinero que recibió. Este hecho propició una "vía idónea" para que su propietario no lo recuperase y, además, tal situación fue posible porque "el acusado omitió las más mínimas cautelas". En este sentido, el tribunal desoye la declaración exculpatoria de Carlos H.R., que dijo no saber nada sobre una trama de blanqueo por el sistema de "phishing" (suplantación de identidad en internet), y advierte de que, de haber sido cauteloso ante un empleo que encuentra en un portal on-line con un salario de 1.500 euros más comisiones, "hubiera conocido el ilícito origen de la suma recibida". Para el tribunal, "no resulta creíble en modo alguno, que a una persona sin estudios como el acusado admite, se le ofrezca tan importante sueldo por un trabajo tan sencillo como realizar una trasferencia". Pero es más, añade, "ya la forma de contratación vía internet tuvo que resultar sospechosa al acusado, acostumbrado como estaba a trabajar como comercial en el campo de seguros".
La sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, declara probado que el acusado suscribió vía internet una oferta de trabajo de agente aduanero, mediando entre compradores y vendedores de oro y plata en países del Este, por lo que recibiría diversas trasferencias que remitiría a los lugares que se le indicasen. No fue posible identificar a los responsables de la web y se comprobó que la empresa aludida era ficticia.
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