Un auto del titular del Juzgado número 2 de Ourense, Antonio Piña, decreta el sobreseimiento libre y archivo de la querella presentada en su momento por José Troncoso contra su exsocio Alberto López, al que acusaba de apropiación indebida cuando eran socios en la empresa Saludges Servicios Sociosanitarios, que en aquel momento gestionaba el servicio de ayuda a domicilio del Concello.

El magistrado no aprecia ningún delito en la gestión de López, a quien Troncoso culpaba de administración desleal. Y así, después de una intensa investigación, y la aportación de justificantes bancarios de todos y cada uno de los movimientos realizados, concluye que "aquella documentación relativa a diferentes cargos en las cuentas bancarias fueron impugnados por la parte denunciante y se ha acreditado que respondían a una finalidad concreta relacionada con la marcha ordinaria de la gestión económica de la UTE", para añadir que "no se ha acreditado a través de cualquier otro medio la existencia de una actividad de administración desleal por parte del denunciado".

Es por eso que una vez conocido el auto, Alberto López, que ya había solicitado el sobreseimiento cuando tuvo conocimiento de la querella, se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra su exsocio para reclamar el resarcimiento del daño causado. Para asegurar que la resolución judicial "pone de manifiesto la falsedad de las acusaciones de José Troncoso, que no tienen más ánimo que el de causar daño", y que dice "también se extiende a otros procesos abiertos en estos momentos".

La ruptura de la relación mercantil que tenían en su momento es para López la causa de todos los procesos judiciales abiertos, a la vez que muestra su confianza en que "todo se vaya aclarando", aunque tanto él como su exsocio están imputados en la investigación sobre las irregularidades en el servicio municipal de ayuda a domicilio.