El Colegio Profesional de Abogados de Ourense se ha convertido en el primero de España que traspasa la línea de la presión social y la pancarta para recurrir a la vía judicial contra la aplicación de la polémica ley de tasas judiciales aprobada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, y que ha puesto a jueces, abogados y letrados de toda España en pie de guerra.

El colegio profesional ourensano ha decidido no quedarse solo en la protesta en la calle sino que ha ido más allá presentando ante la Audiencia Nacional el primer recurso contencioso administrativo de una entidad de derecho público contra la orden ministerial HAP/2662/2012, del 13 de diciembre, por la que Hacienda aprueba los modelos de autoliquidación de las tasas.

El documento, de trece páginas, entró en el registro de la Audiencia Nacional el pasado jueves 27, a las 13,52 horas, colocando al Colegio de Abogados de Ourense en la avanzadilla de un proceso al que se espera que se sumen otros colegios del resto de España. Así lo afirma el letrado y uno de los firmantes del recurso, Valentín Blanco López, que explicó que ya se está estudiando la fórmula de adhesión, debido a que hay muchas entidades profesionales interesadas también en recurrir.

Este recurso no va directamente contra la ley de tasas judiciales pero ofrecería a los profesionales del Derecho y de todos los ciudadanos que necesiten hacer uso de la justicia, una vía de escape temporal ya que, de prosperar, incluye que se imponga, como medida cautelar mientras se resuelve, la suspensión urgente de la vigencia de la totalidad de la orden del Ministerio de Hacienda.

Así, este recurso supone un complemento a la demanda de inconstitucionalidad contra la propia ley de tasas que algunos partidos políticos han anunciado que presentarán ante el Tribunal Constitucional, aunque de momento no se ha formalizado ninguno.

Valentín Blanco destaca la importancia de este paso dado por los abogados de Ourense no solo por ser el primero, sino porque allana el terreno para lo que vendría después ya que la suspensión cautelar de la orden que aprueba los modelos de autoliquidación retrotraería la situación al mes inicial de entrada en vigor de las tasas, cuando los denunciantes se libraron de abonarlas porque Hacienda no había aprobado los modelos. Por ello, los abogados defienden que "la vigencia ya estuvo un mes suspendida, sin que se haya producido ninguna perturbación a los intereses generales".

El recurso contencioso administrativo planteado recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos mantiene que la obligación de pagar tasas judiciales no es una restricción al derecho de la tutela judicial efectiva "siempre que las tasas persigan objetivos legítimos y sean proporcionadas". Pero la ley de tasas española, defienden los abogados de Ourense, "vulnera este convenio porque parte de que el coste de la administración de justicia sea soportado por quienes más se benefician de ella para mejorar la financiación del sistema y la asistencia gratuita, es decir, que el objetivo perseguido es, eminentemente, recaudatorio".