Un auto judicial dictado ayer ha sacado del letargo uno de los episodios criminales más luctuosos que atronaron la provincia de Ourense. La juez de Menores de Burgos, Doña Blanca Subiña, ha decretado, en respuesta a una solicitud del Ministerio Fiscal, el sobreseimiento provisional de la causa contra Rodrigo Barrio, hasta el momento único imputado por el asesinato en junio de 2004 de sus padres (Salvador Crisanto Barrio y Julia Dos Ramos) y de su hermano pequeño (Álvaro Barrio), que aparecieron muertos con múltiples heridas por arma blanca en el domicilio de Burgos donde residían. Rodrigo tenía, cuando se perpetró el triple asesinato, 16 años de edad.

La decisión judicial contraría los argumentos de la acusación particular, constituida por cuatro parientes de la madre vecinos de Queirugás (Verín), de donde procede la familia materna del joven. Entre ellos, dos tíos que ejercieron la tutela del joven cuando se quedó húerfano. La acusación ya trabaja en el recurso que debe presentar ante la Audiencia Provincial de Burgos, según explicó a FARO el letrado Adolfo Taboada. El posicionamiento de los familiares de la víctima no es con todo unánime; y un tío paterno que reside en Burgos y que se había personado en la causa, es proclive a la inocencia de Rodrigo Barrio; así como varios parientes verineses que declinaron participar como parte acusadora.

"No se han valorado globalmente los indicios ni se ha dado la oportunidad de que la prueba en juicio los acreditara o no", resume el letrado de la acusación, Adolfo Taboada. Por contra, la juez de menores resuelve que "no hay motivos de suficiente entidad" tras el devenir de las investigaciones "como para acordar la apertura" de un juicio.

La juez no acredita que las llaves del automóvil del padre que poseía el joven, y que motivaron su detención en junio de 2007 cuando cursaba el Bachillerato en la Universidad Laboral de Ourense, se las hubiera llevado Rodrigo del lugar del crimen. La magistrada señala, acerca de el autor de los crímenes no forzó la puerta del domicilio, que "aun cuando se diera por acreditado que Rodrigo poseyera las llaves de la vivienda (...) no permitiría deducir sin más que las utilizó para entrar en el domicilio y matar a su familia".

La juez no aprecia móvil que se pueda atribuir al joven como indicio de los crímenes. El auto no acredita que Rodrigo odiara a sus padres o tuviera celos de su hermano, aunque sí contempla que Rodrigo es el único heredero de un patrimonio de un millón de euros.