Estatuto catalán: ejemplos

¿Permitiría Vd. que un vecino, de forma unilateral y exclusiva, porque los inquilinos de su piso lo decidieran por amplia mayoría, modificara el estatuto de la comunidad de propietarios donde vive, e impusiera las normas de convivencia a los demás? Seguro que no, que este tipo de decisiones no compete a una sola vivienda, sino que se toman en la reunión ordinaria o extraordinaria del edificio donde vive. Extrapolando esta metáfora a lo que es España, un edificio constituido por 17 viviendas (autono-mías), no sería aceptable que un convecino (Cataluña), donde vive parte de la familia (Maragall y el PSC) del presidente de la Comunidad (Zapatero), decidiera pagar menos la cuota comunitaria porque quiere destinar ese dinero en poner grifos de oro o alfombras persas en su vivienda, mientras otros vecinos tienen goteras o humedades en sus pisos, cuya responsabilidad en el arreglo compete a la comunidad de propietarios, que no puede asumir ese gasto por la reducción del presupuesto al no pagar el vecino díscolo, insolidario y desleal.

¿Qué pensaría si este vecino rico, altanero y consentido, además de ordenar su propio piso (autodefiniéndose como "nación"), determinara cómo tienen que ser los demás (cuando define al resto de España "estado plurinacional")?

Probablemente, los demás convecinos le dirían que se atenga a los estatutos de la comunidad (Constitución), cumpla con sus obligaciones y si no está de acuerdo con ellos, procure reformarlos siguiendo el procedimiento establecido reglamentariamente, y remozarían, conforme a Derecho, a su presidente, por no estar a la altura de sus responsabilidades al no desautorizar las pretensiones privilegiadas del susodicho vecino.

Así de sencilla es la convivencia, así de inaceptable es el proyecto del nuevo estatuto catalán.

Arturo del Valle Pallarés - Vigo

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