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Opinión | Editorial

«Villa de Pitanxo», un procedimiento con garantías

El buque "Villa de Pitanxo", que naufragó en el caladero de Terranova en febrero de 2022.

El buque "Villa de Pitanxo", que naufragó en el caladero de Terranova en febrero de 2022. / Ciaim

El buque pesquero Villa de Pitanxo, con matrícula y folio VI-5 5-03, naufragó en aguas del caladero de NAFO en la madrugada del 15 de febrero de 2022, con el resultado de 21 fallecidos y solo tres supervivientes. Han pasado 1.937 días desde entonces, un largo y tortuoso periodo en el que se han divulgado informes periciales judiciales, de parte o de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim), así como reportes de las distintas diligencias ordenadas por la sala de la Audiencia Nacional que dirige el magistrado Ismael Moreno. Ha sido un camino prolongado en exceso, en efecto, pero también ha resultado fructífero para enfrentar un juicio oral con la mayor información posible, con todos los datos necesarios, que es lo que habrá de facilitar un procedimiento de plenas garantías para todas las partes. Y, a fin de cuentas, de fijar de verdad las causas de un trágico siniestro y, no menos importante, sentar las bases para que no vuelva a repetirse.

El pasado miércoles conocimos el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, cuatro meses después de que el juez instructor emitiera el auto de pase a procedimiento abreviado para invitar a las partes a formular sus escritos de acusación o de sobreseimiento. El juez Moreno, ya entonces, apuntó que las opciones de supervivencia de los marineros eran nulas desde el mismo momento en que el capitán del pesquero, Juan Enrique Padín, realizó una maniobra presuntamente negligente con un buque que en ningún caso debería estar operando en el caladero de Terranova. Delimitó en ese momento los delitos por los que proponía llevar a juicio al patrón, al director general de la armadora, José Antonio Nores Rodríguez, y al director de Flota, José Antonio Nores Ortega: homicidio por imprudencia grave y contra los derechos de los trabajadores, tipificados en los artículos 142 y 316 del Código Penal.

En el eventual caso de que se produjera un fallo condenatorio, se trataría de un reproche penal sin precedentes para un naufragio negligente en España

Fiscalía ha pedido ahora nueve años de prisión para cada uno de ellos, que es el castigo máximo previsto en la normativa española para los procedimientos conducidos por la vía abreviada, además de la inhabilitación de Padín para ejercer como patrón —está jubilado— y de los Nores para administrar cualquier sociedad dedicada a la pesca. En el eventual caso de que se produjera un fallo condenatorio, se trataría de un reproche penal sin precedentes para un naufragio negligente en España. El ministerio público ha entendido, en definitiva y con el resultado de todas las diligencias practicadas, que los acusados merecen sentarse en el banquillo con las peticiones de cárcel más altas que le permite la legislación.

Su escrito ha hecho hincapié en la renuencia de los acusados a acatar las normas, como el hecho de que el buque estuviera faenando en una zona que tenía vetada desde el año 2018 —como divulgó FARO en primicia ya en octubre de 2022—, que a bordo del Pitanxo salieron de Vigo 25 personas —también lo desveló este periódico—, cuando la capacidad máxima del barco era de 22, y ha dado por buenas también las conclusiones de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim), que indicó que el Pitanxo había sido sometido a reformas ilegales en su interior para albergar más gasoil y capturas.

Que Fiscalía se haya pronunciado en términos muy severos contra los investigados —como el haber mostrado un «grosero desprecio por la vida» de los trabajadores— no le confiere, obviamente, la razón al fiscal y, por ende, tampoco blinda necesariamente la causa en contra de los acusados. La representación legal de Padín y los directivos de Pesquerías Nores Marín, además de la propia empresa y la aseguradora, deberán ejercer, como ya han hecho, su derecho a la defensa. Y lo mismo ha de aplicarse a la de las familias de los fallecidos y del superviviente Samuel Koufie, a las que les asiste el derecho de solicitar la imputación de delitos más graves y, a la postre, mayores penas privativas de libertad.

El ministerio público ha entendido que los acusados merecen sentarse en el banquillo con las peticiones de cárcel más altas que le permite la legislación

Sobre los hombros de la justicia habrán de dirimirse las argumentaciones de todas las partes, sin que ello sea impedimento para reivindicar, una vez más, una actuación proactiva y diligente de las administraciones públicas. Porque, al margen de lo que determine la futura sentencia, hay lecciones que deberíamos haber aprendido ya, con la consiguiente implantación de medidas correctoras que, y no por sorprendente resulta menos irritante, no se han adoptado.

Porque sabemos que este barco realizó 18 mareas —como probó FARO en base a sus datos de posicionamiento satelital y VMS (o caja azul)— en uno de los caladeros más peligrosos del mundo cuando tenía la prohibición expresa de hacerlo, hasta que se hundió en la número 19. Y que todas las veces lo hizo con licencia operativa expedida por la Secretaría General de Pesca, alumbrando de manera terrible la ya conocida pared infranqueable burocrática entre departamentos de una misma Administración. Porque sabemos también que expedía despachos como poco erróneos, sin declarar personal ajeno a la tripulación cuando siempre llevaba uno a bordo, como el observador científico, que es un requisito que mandata NAFO.

Lo hemos dicho en este mismo espacio editorial y lo volvemos a reiterar: si los protocolos de seguridad no implican el efectivo deber de salvaguarda de la Administración, ya sea la Dirección General de la Marina Mercante o la entidad que corresponda, esos protocolos deberán modificarse. Y habrán de analizarse como potencialmente obligatorias, y no como una inversión voluntaria de cada armadora, todas aquellas medidas de seguridad que protejan la seguridad de nuestros marineros, desde líneas de vida a botes rígidos salvavidas hasta chalecos con radiobalizas individuales. Escuchar a los marineros, por una vez, sería una buena muestra de aprendizaje. Solo así este procedimiento habrá sido también de garantías para todas aquellas personas que día a día se emplean a bordo para pescar en cualquier rincón del mundo. Es justo y necesario. Es lo que se merecen. Porque su vida va en ello.

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