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Opinión

El juez español

En el otoño del año 1975 leía yo el magnífico libro de José Juan Toharia El juez español, reelaboración de su tesis doctoral dirigida por su maestro Juan J. Linz y defendida en la Universidad de Yale. Siempre asociaré esta lectura a la larga agonía de Franco; entre partes del equipo médico habitual yo iba avanzando en la lectura del libro. Era propósito del autor, según sus propias palabras, llevar luz a esa zona de penumbra que era la Administración de Justicia en nuestro país, con el objetivo de proporcionar al lector el conocimiento de sus características, estructura y funcionamiento, saber cómo eran y pensaban los jueces y cómo ejercían su función. Nunca antes se había acometido un estudio similar; era, pues, una obra pionera y del máximo interés.

Cuando Toharia vino a dar una conferencia en el Club FARO el 5 de abril de 2000, le comenté que en 1975, recién publicado el libro, yo me había hecho con él, noticia que recibió con notorio alborozo, porque, según comentó, tenía personalmente identificados a muchos de sus poseedores, con lo que me sumaba a la lista. Y de ello levantó acta en la dedicatoria que amablemente estampó en mi ejemplar

Como resultado de aquella primera investigación, Toharia llegó a la conclusión de que el cambio profundo e intenso que había experimentado el país durante el franquismo y hasta 1975 era claramente detectable en la justicia. La judicatura de aquella fecha era producto de un cambio que la situaba cerca de los valores y opiniones entonces imperantes en la sociedad de aquellos días, e incluso próxima a las características de la judicatura actual. Significaba esto que los jueces habían evolucionado en consonancia con el ritmo aperturista del país.

Hoy, cincuenta años después, vuelve Toharia a colocar su lupa demoscópica sobre la figura actual del juez español y publica nueva obra con el mismo título y la acotación temporal de esos últimos cincuenta años: 1975-2025. Pese a su interés, no tiene este libro la hondura y extensión del que había publicado en la década de los 70.

Quiere averiguar el autor qué fue de aquel juez de 1975, en qué se diferencia del juez actual, qué ha ocurrido en la justicia y cuál es la percepción que la sociedad española de 2025 tiene de sus jueces.

Por de pronto, Toharia quiere desmontar algunas ideas muy extendidas; una de ellas es la concepción de la judicatura como una casta judicial, de conformación endogámica. Es este un estereotipo de extendida circulación que, sin embargo, no responde a la verdad. Una mayoría (74%) de la última promoción no tiene familiares que ejerzan profesión jurídica, dato que es muy similar al porcentaje de los años 1972-73.

Otra idea de consumo generalizado es la del conservadurismo de los jueces, que el autor no tiene por cierta. Según Toharia, la razón de esa percepción radica en que los jueces han de aplicar las leyes sometidos a la horma de su contenido, sin apenas capacidad creadora. Late en el fondo de esta opinión la vieja la tesis de que el Derecho aboca por sí mismo a posiciones conservadoras. Debo discrepar de la opinión de Toharia. Cuando se habla del conservadurismo de la carrera judicial se hace con relación a actitudes ajenas al hecho concreto de la aplicación de la norma que le vincula; el talante conservador sale a relucir en su apego a estructuras y modelos tradicionales, en una incontenible resistencia a ciertas modificaciones, y, también, en la concepción que muchos jueces y juezas tienen acerca de su propia función. Pongamos un ejemplo muy significativo de esa tendencia: su obstinado rechazo a los cambios en el modelo hoy vigente de selección de los aspirantes a la carrera judicial. Todo su argumentario —manido y acrítico— no es sino un rancio apego a un modelo irracional y decimonónico.

Como dato relevante de los tiempos actuales, destaca Toharia el fenómeno manifiesto de la feminización de la carrera judicial. La mayoría femenina es el rasgo distintivo de las últimas promociones, hecho que tiene ya un reflejo en el cómputo general: a día de hoy, las mujeres integran el 56,3 % de la carrera judicial.

Por lo demás, los resultados de las encuestas y sondeos acerca de la imagen social de la judicatura a día de hoy muestran resultados más favorables de lo esperado. Los datos ofrecen, al igual que ocurre en otros países europeos, «una compleja y brumosa mezcla de confianza y recelo». Por una parte, la percepción general es la de una justicia que cumple su función en una democracia por su grado de independencia —aunque se percibe una cierta inquietud por la «amenaza desde el ámbito político»—, por la inexistencia de corrupción y por la preparación y competencia técnica de juezas y jueces. En el lado negativo se señala la antigua y pertinaz lacra de la lentitud de la justicia, así como la escasez de medios y herramientas procesales. En suma, pues, en lo que concierne a los rasgos fundamentales, la valoración social que los sondeos arrojan acerca de los jueces es más que aceptable. Pero hay mucho que mejorar. Y no es, desde luego, tarea fácil.

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