Opinión
Un perdón bajo sospecha
Cuando un gobierno controla medios de comunicación esenciales; prescinde del Parlamento en decisiones trascendentes; gobierna por decreto; controla la Fiscalía y el órgano de garantías constitucionales; influye de manera decisiva en empresas estratégicas; está rodeado de casos de corrupción... Y se jacta de lo que está haciendo, se cuartea el sistema democrático.
Ese gobierno –sin mayoría social ni parlamentaria– se mantiene en sus trece, obstinado en no convocar elecciones generales, como si, a pesar de encuestas propias, tuviera miedo a las urnas.
Cuando el Tribunal Constitucional (TC) desdeña el trabajo de jueces y tribunales que constatan hechos probados, parece justo que se analice si, en esa actuación, se ha contravenido el derecho europeo.
La tergiversación de la jurisdicción, el blanqueamiento del mayor desfalco de dinero público cometido por un partido y el trasiego descarado de cargos públicos en la justicia señalan eximios niveles de corrupción. Todo ello, viene a ser la consecuencia inevitable de una forma de gobernar.
Terapia para una rehabilitación
Buscando la redención política de ex altos cargos del gobierno andaluz; condenados previamente por la Audiencia y el Tribunal Supremo (TS), por el reparto –sin control– a empresas en crisis, para que sus trabajadores se prejubilaran; la mayoría (7) del TC acordó su amparo. El conocido como borrado de los ERE no dejaba de ser un perdón encubierto.
Cinco jueces sevillanos se han planteado rechazar la orden del TC de reescribir su condena –1.821 folios– a los culpables de haber dedicado al reparto de fondos –la friolera de 680 millones de euros– que el tribunal hispalense y el Alto Tribunal consideraron fraudulento.
Desde la detallada y minuciosa instrucción; de aquella magistrada que salía todos los días en el telediario, arrastrando un carrito y de la que nunca más se volvió a saber; hasta el Supremo; 18 jueces dictaron sentencias que ahora se pretende reescribir, invadiendo competencias ajenas; reinterpretando la ley; creando un tribunal de casación ilegal y hamaqueando la lucha contra la corrupción, anatema en la UE.
La corte de garantías no es un tribunal de casación
Error de los constituyentes fue llamar tribunal a una corte de garantías que no cumple con las expectativas por la que se constituyó en un principio. No forma parte del poder judicial, ni es un tribunal de casación. De sus 12 miembros, al menos 10 son elegidos por los partidos y la mitad no son jueces.
Las sentencias del TC anularon los fallos, por delitos de malversación y/o prevaricación, a quienes la Audiencia Provincial había atribuido el reparto arbitrario y opaco de ayudas a empresas en crisis.
"La Constitución Española no ampara que el órgano de garantías pueda cambiar sentencias del TS o de las Audiencias"
La mayoría progresista del TC alegó que la Audiencia primero –y el Tribunal Supremo después– habían hecho una «interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal».
La Constitución Española no ampara que el órgano de garantías pueda cambiar sentencias del TS o de las Audiencias. De ahí, la necesidad de poner término a la politización que supone el «sistema de cuotas partidistas», aplicado en la renovación de órganos de contrapeso (TC, Tribunal de Cuentas, CGPJ, Defensor del Pueblo, Agencia Protección de Datos, Consejo de Estado), con el fin de colocar a candidatos afines.
Estos organismos están diseñados para poner un tope al poder político, por lo que el reparto por cuotas supone un serio problema para el Estado de derecho.
Conflicto jurisdiccional
La iniciativa de los jueces sevillanos plantea un conflicto jurisdiccional con el TC, a la vista de unas sentencias en las que los magistrados no se limitaron a revisar las condenas a los acusados –a la luz de las garantías constitucionales– sino que suplantaron a la Audiencia Provincial y a la Sala Segunda del TS, en su competencia exclusiva sobre la legislación penal ordinaria.
Una especie de amnistía, ataviada de resolución jurisdiccional. Así desmontó el TC el caso de los ERE y puso a cero el marcador. Según un vocero de la oposición: «Lo han usado como un túnel de lavado»
Con anterioridad, el Supremo; en encontronazos frecuentes con el Constitucional; había abierto una espita inexplorada: la posibilidad de incoar Diligencias Previas sobre el proceder de los magistrados que las dicten, si concurren indicios de prevaricación. En resumidas cuentas, el TC y sus miembros no están libres de una investigación, por un delito que prescribe a los diez años.
El TC no es vitalicio, sus magistrados cambian, de cuatro en cuatro, cada tres años y esos cambios corrigen también las mayorías. El TS es vitalicio, desde el momento en que los magistrados designados no pueden ser removidos y no hay ningún mecanismo de reemplazo que no sea la jubilación, la muerte o el cese voluntario.
Cuestión prejudicial
La cuestión prejudicial es la forma de resolver una duda planteada por un tribunal nacional, que no puede «dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el Constitucional sobre los ERE no sean del todo compatibles con el Derecho de la Unión».
De ahí que la Audiencia se proponga plantearla al TJUE –con independencia de lo que digan las partes– sin hacer referencia a los recursos impulsados por ambas. Para ello, esbozan como propia la tesis de que el TC hubiera incumplido el derecho comunitario, al propasarse en la función de control que le corresponde, invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de jueces y tribunales.
Penalistas canónicos corroboran que, en su sentencia, el TC utilizó la ingeniería jurídica creativa, un «método» de interpretación del derecho que implica una aplicación desigual de la ley. Consideran que se extralimitó y en cualquier caso, hizo lo imposible para enmendar al Supremo.
Pero esto no acaba aquí. Además de la pieza principal sobre la que todavía se tiene que pronunciar la Audiencia, hay más de un centenar de causas desgajadas de la matriz y se acumulan ya más de una veintena de condenas.
Tras siete años de estrépito indetenible, como parte del vivir cotidiano, no cabe descartar que toque esperar, para conocer la respuesta del Tribunal europeo, más de un cuarto de siglo, desde que se produjeron los hechos (2000-2008).
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