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Ignacio López-Chaves Castro opinador

Sector agrario y derecho de la competencia

En Roma, civilización con un fuerte componente urbano ya que se calcula que el 30% de los romanos vivían en ciudades, el agricultor aparecía como un miembro muy activo de la comunidad política y la preocupación por la eficiencia en la producción y la garantía del abastecimiento llevaba al reconocimiento a quien hubiera obtenido la mejor producción como bonus agrícola. También hoy la existencia de un sector primario fuerte y competitivo nos garantiza en España la capacidad de disponer, sin depender de terceros, de los recursos alimentarios necesarios para atender a nuestra demanda interna, algo que en estos momentos hemos visto como fundamental.

Pero un sector tan importante como el primario resulta, con carácter general, especialmente problemático desde el punto de vista de la competencia, ya que teniendo en cuenta que el derecho de la competencia se aplica sin excepción en todos los eslabones de la cadena alimentaria, la realidad diaria demuestra que los mercados agrícolas y ganaderos se caracterizan por la existencia de problemas estructurales de difícil solución que dificultan enormemente el funcionamiento normal de los mecanismos que rigen la libre competencia y, además, la aplicación del derecho de la competencia en este sector está condicionado por la necesidad de no poner en peligro los objetivos perseguidos por la Política Agraria Común.

Es un sector que se caracteriza por el pequeño tamaño de las explotaciones empresariales y su atomización que ha llevado, como reconocen las Autoridades de Competencia y la UE, a un fuerte desequilibrio del poder negociador entre los que forman parte de la cadena alimentaria, desequilibrio que ocasiona que los márgenes comerciales de los más débiles de la cadena puedan llegar a ser insuficientes para cubrir los costes de producción, lo que hace recomendable favorecer un mayor tamaño de los productores y fomentar el cooperativismo por parte de los poderes públicos. Aunque es cierto que este desequilibrio no constituye un fallo de mercado, sin embargo, puede tener, a medio y largo plazo, un impacto negativo en la situación competitiva en los mercados y en el bienestar del consumidor ya que podría ocasionar una reducción de la oferta de productos y la pérdida de su calidad, así como un incremento de precios como consecuencia de la menor intensidad competitiva entre las marcas renombradas y la marca de distribuidor.

"La existencia de un sector primario fuerte y competitivo nos garantiza en España la capacidad de disponer, sin depender de terceros, de los recursos alimentarios necesarios para atender a nuestra demanda interna"

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La ley de la Cadena Alimentaria de 2013, que nació con la finalidad de mejorar su funcionamiento y reducir el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor, dispone que cada operador deberá pagar al inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción de tal producto en que efectivamente haya incurrido dicho operador. Este instrumento puede generar ciertos riesgos desde el punto de vista de la competencia por un exceso de complejidad de los contratos y el posible alineamiento de los precios.

De ahí la importancia de la aprobación de instrumentos que sirvan para conseguir esos fines evitando esos riesgos. En este sentido, el reciente protocolo aprobado por las organizaciones de ganaderos, industria cárnica y cadenas de distribución de Galicia ha recibido el Informe favorable de la Comisión Gallega de la Competencia porque trata de aplicar, en el ámbito del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector de la carne de vacuno incluida en la IGP Ternera gallega, lo previsto en la ley de la cadena alimentaria. Se ha valorado que es un instrumento justificado en su necesidad y proporcionalidad, de carácter temporal, adoptado por las especiales y graves circunstancias que está sufriendo en estos momentos el sector, que es de incorporación voluntaria garantizándose el respeto a la libre elección de las partes en la fijación de los precios del contrato y se ha recomendado la adopción de medidas para evitar la alineación de los precios.

El protocolo, que necesitará de una posterior aplicación que deberá de cumplir las normas de competencia, es un paso adelante como medio para evitar el impacto negativo de los desequilibrios del poder negociador en el sector primario y el daño que ello podría suponer para el mercado y el consumidor, pero sin olvidar que el incremento del cooperativismo entre los productores para lograr una mayor fortaleza en las negociaciones y el respeto al derecho de la competencia serán los mejores instrumentos para conseguir ese bonus agrícola.

*Presidente de la Comisión Gallega de la Competencia

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