El 13 de noviembre de 1789 Benjamín Franklin escribía una carta a su amigo Jean-Baptiste Leroy en la que, hablando de la Constitución de los Estados Unidos de América que había sido aprobada unos años antes, decía que “todo parece prometer que será duradera; pero, en este mundo, nada es seguro excepto la muerte y los impuestos”. Franklin, que fallecería unos meses más tarde, acertó con la Constitución, pero también con los impuestos. Es una evidencia, por todos reconocida, la necesaria existencia de tributos para así poder financiar las cuentas públicas y garantizar la prestación de los servicios públicos, pero ello no está en contradicción con que en su establecimiento se apliquen los criterios de necesidad, de proporcionalidad, de que no causen una distorsión desigual entre los operadores económicos y el de la inexistencia de otro medio que sea menos restrictivo para la actividad económica.

Últimamente, el Gobierno de España habla de la imposición de una tasa por el uso de las autovías, lo que implicaría un cambio en el modo de financiación de la conservación de estas infraestructuras públicas, ya que se pasaría de hacerlo por la vía de los impuestos a su pago a través de una tasa especifica y finalista por parte de los usuarios de las mismas. Este pago por uso se estableció hace algunos años en países centroeuropeos como Suiza y Austria con la finalidad de gravar al intenso tráfico de camiones extranjeros (cercano al 50%) que soportaban sus carreteras para que, de esta manera, contribuyeran a los gastos de su construcción y mantenimiento. Esa es la razón que explica que la imposición de esa tarificación vial no generase un excesivo rechazo social en esos países. Pero la situación es distinta en Galicia, una región europea periférica en una nación periférica como es España, con tráfico reducido de vehículos extranjeros (más del 97% de las toneladas movidas por carretera en España lo fueron por transportistas nacionales) lo que significará que esa tasa gravará fundamentalmente a los operadores económicos gallegos.

Sobre este tema se ha pronunciado recientemente la Comisión Gallega de la Competencia (CGC) en un Informe accesible en su página web https://competencia.gal. En ese informe se recomienda que antes de adoptar cualquier medida se estudien todas las posibles alternativas tratando de ponderar la neutralidad competitiva de esa intervención pública. Se recuerda en él que la normativa europea no impone obligación alguna a los Estados de crear esa tasa de pago por uso y que la aprobación de un gravamen que empeore el acceso al mercado de determinadas regiones periféricas, como Galicia, debe llevarnos a reflexionar sobre la razón de esa intervención pública, a plantearnos si se puede producir un daño a la competencia, a examinar si el instrumento es el más eficiente posible en el mercado y a analizar las diversas alternativas para ver cuál de ellas es la menos dañosa para el mercado. Concluye, por último, que en caso de que el Gobierno de España acuerde su imposición, de las opciones posibles (pago por tiempo de uso o pago por distancia) la primera (conocida como sistema de viñeta) sería la que menos distorsiones produciría en el mercado gallego.

La CGC señala que la imposición de una medida tributaria que implique el cobro por el uso de las vías de alta capacidad por tramo o distancia recorrida puede causar un evidente daño a los operadores económicos de Galicia que, sin embargo, no sufrirán los que, simplemente, por su situación geográfica, se encuentren en comunidades autónomas más próximas a los centros nacionales y europeos de consumo y alta renta, lo que conllevaría una evidente distorsión entre los operadores económicos por razón de su situación geográfica perjudicando a los que, como Galicia, tienen condición de periferia. Eso es lo que debemos de evitar.

A principios de los años 60 mis padres, en su viaje de novios, vieron sorprendidos que en un parque de Lyon les querían cobrar por sentarse en un banco. Unos siglos antes, en Inglaterra, Enrique VIII cobraba una tasa por el uso de barba. La profecía de Franklin se cumple. Pero a diferencia de esas curiosas medidas tributarias, que no causaban distorsión alguna en el mercado, el cobro por el uso de las autovías sí puede hacerlo.

*Presidente de la Comisión Gallega de la Competencia