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Alfonso Villagómez.

La ley gallega ‘anti-COVID’

Galicia cuenta desde el pasado mes febrero con un marco legal para luchar contra las pandemias adoptado a raíz de la actual crisis sanitaria de la COVID-19. Se trata de la Ley de Salud Pública cuyo texto de 2008 se modificó con tal fin. Un nuevo texto legal en el que se contemplan medidas de control de las personas enfermas, tales como el aislamiento domiciliario, el internamiento hospitalario o la sujeción a tratamiento adecuado, así como otras medidas sobre quienes hayan estado en contacto con enfermos. Entre estas medidas se encuentra así el sometimiento a una cuarentena y limitaciones a los desplazamientos o agrupaciones de personas. Además, se ha regulado un nuevo régimen sancionador que configura un amplio catálogo de infracciones con multas de hasta 600.000 euros para quienes incumplan las medidas sanitarias.

La entrada en vigor de esta ley se vio suspendida al resultar impugnado en el Tribunal Constitucional, por parte del Gobierno, el apartado 2 del artículo 38. Hace unos días, el TC ha levantado esta suspensión con excepción de las disposiciones que dotan a la Xunta de los mecanismos necesarios para imponer la vacunación obligatoria a la ciudadanía gallega.

No puede excluirse la intervención judicial ante restricciones de derechos

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En efecto, el TC ha mantenido la suspensión sobre esta medida de vacunación obligatoria porque supone –como se puede leer en el auto– una intervención corporal coactiva y practicada al margen de la voluntad del ciudadano, que ha de someterse a la vacunación si no quiere verse sancionado.

Ahora, el Gobierno va a retirar dicho recurso de inconstitucionalidad y se va a completar la ley gallega con una disposición que deje claro el carácter voluntario de las vacunas.

Sin duda hay que disponer de los instrumentos legales para luchar contra las enfermedades infecciosas transmisibles (cualquiera, no solo la COVID-19) en situaciones de grave riesgo para la salud pública. Una lucha que no puede excluir la intervención judicial para el caso de que se adopten medidas que conlleven restricciones a los derechos fundamentales.

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