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El perdón cambia el relato

En la conmemoración del Día Europeo de la Mediación

Cuando competimos, no colaboramos. Esta frase se la escuché hace un par de años a Antoinette Kandinki, premio Harambee 2017, en una conferencia del Club FARO DE VIGO. Y es verdad. Si el partido ya ha empezado, lo que queremos es ganar. Sea como sea. La mediación lo que propone es algo más; es parar el partido, mirarse a la cara y proponer romper las reglas clásicas del juego, para decir: vamos a ganar los dos equipos. Esto, que en una cancha parece imposible, en un proceso judicial no lo es tanto. Ciertamente la parte demandante quiere ganar a la parte demandada, y ésta a aquélla, aunque sea su pariente, su vecino, su amigo, su pareja, o el padre de sus hijos. Pero esta circunstancia tan personal puede transformarse en un valor para conseguir llegar a un arreglo amistoso, evitando el proceso judicial, que tanta veces se convierte en una guerra de reproches, de desencuentros y de desahogos que buscan llenar una norma de razones justificadas para machacar al contrincante. En estos casos, el camino es tan doloroso y el tiempo tan desperdiciado, que la diosa Justicia no puede disimular la lágrima que corre por sus mejillas cuando está dictando sentencia.

Los conflictos entre particulares y entre estos y la administración obtienen una respuesta adecuada para su solución ante nuestros Juzgados y Tribunales. Es la garantía suprema de nuestro Estado de Derecho. Con todo, cuando en un asunto las relaciones interpersonales pesan más que la misma ley, la solución alternativa de la mediación puede restañar mejor esta situación; recientemente lo he podido comprobar en una mediación derivada intrajudicialmente en un asunto de un presunto acoso laboral. Por eso, la mediación viene a cambiar este escenario, en algunos procedimientos en donde se puede generar una ilusión consistente en que sean las propias partes litigantes las que lleguen a la solución del conflicto, con la satisfacción que esto supone, tras la atinada actuación del mediador, que es capaz desde un segundo plano de conferir fuerza transformadora a las partes para conseguir el acuerdo. La solución final será definitiva y satisfactoria, incluso mejorando ciertos intereses superiores que quedan cegados por el fragor de la batalla –la familia, el bien de los hijos, la reparación moral tras una situación de acoso- y que la ley a veces obliga a obviar. Porque la sentencia, en estos asuntos, puede llegar a ser cortante y heladora como un témpano porque la dicta un tercero ajeno al conflicto cumpliendo con una misión esencial como Poder del Estado; y es que a veces, en esta sociedad nuestra a caballo entre lo digital y lo impersonal, entre lo epidérmico y lo inmediato, se necesitan soluciones que den calor y que reconforten sin el calvario de la disputa.

Cuando los jueces hacemos pedagogía sobre las bondades de la mediación, siempre queda el regusto en pensar que estamos engañados por el brillo de ser la gran promesa, el maná resolutorio frente a la litigiosidad excesiva que nos entierra en las trincheras de los Juzgados. Nada más lejos de la realidad. Esta no es la solución para este problema y todos los sabemos. Pero estamos obligados a destacar que la mediación contiene una serie de ingredientes que sazonan esta receta para llegar a un plato exquisito: exponer el problema, mirarse a la cara, reconocerse en el otro, desahogarse hasta agotar la lista de agravios y todo para conseguir que venza lo importante, esto es, el bien de los hijos menores, el mantenimiento de la paz familiar quebrada por una herencia, restañar las heridas nacidas por malos días llenos de malentendidos en el ámbito laboral. Y en casi todas las ocasiones, puede añadirse un ingrediente casi mágico: el perdón. Si las partes en conflicto consiguen perdonarse, este paso se convierte en imprescindible para lograr estar convencidos de que han sido ellos mismos los que han llegado a solucionar el conflicto.

Una vez me dijeron que los jueces no sabemos de misericordia, porque la ley es muy dura, es muy fría, y nuestra cultura jurídica, muy positivista. Y yo respondí que todo lo contrario, que sabemos mucho sobre ese tema, precisamente porque no podemos aplicarla. Los poderes restaurativos que tiene la mediación para determinados temas y que no puede ofrecer una sentencia judicial, se enraízan en el perdón, en la capacidad de llegar a una solución dejando por el camino los fallos y errores que originaron el problema que se judicializa. Si la solución viene impuesta, puede resolver el conflicto, pero no resetea los hechos para poder mirar al futuro sin vencedores y vencidos, en aquellos casos en los que las relaciones interpersonales destacan por encima del supuesto de hecho de la letra de la ley.

Por eso creo que el perdón cambia el relato, tiene capacidad transformadora en relación al proceso. Es algo más que o que diga o xuíz. Porque lo reparable, lo superficial, ya lo cubre nuestro sistema judicial. Y por eso ¿no sería mejor, más digno, emprender en algunos conflictos el camino de la mediación?

*Magistrado. Decano de los Juzgados de Vigo

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