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Bastida Freijedo

La alarma del estado de alarma

La declaración del estado de alarma en marzo pasado sirvió para frenar inicialmente la expansión del virus, pero dejó a la vista graves carencias no sólo del sistema sanitario, sino también del Estado en sí, amplificadas por la mediocridad de la vida política.

La pandemia plantea un problema de supervivencia física, económica y social, pero gobierno y oposición la ven también como un problema de supervivencia política, que acaba por debilitar al Estado. El PP, en su obcecado interés por hacerse de nuevo con el poder y mantener un liderazgo de la derecha amenazado por Vox, se olvidó de ser un partido de Estado. Por su parte, el Gobierno de coalición no tiene una idea clara del Estado y, para colmo, depende del apoyo de aquéllos que sí tienen la idea clara de que el Estado español es un obstáculo a salvar. Se hizo de la pandemia una cuestión ideológica y una contienda territorial. Así las cosas, la negociación de las pasadas prórrogas del estado de alarma no fueron un debate sobre la salud, sino sobre la incompetencia absoluta del Gobierno alegada por la derecha, combinado con unas transacciones sobre mayores competencias de las autoridades autonómicas, sin descartar acuerdos de naturaleza inconfesable.

El prolongado desabastecimiento de EPis (Equipos de Protección individual) se pudo solventar tarde y mal pese a las dificultades del mercado; no así el desabastecimiento de instrumentos jurídicos sólidos que diesen seguridad y certeza para afrontar futuras crisis. El nuevo decreto del estado de alarma, de 25 de octubre, confirma la falta de esos EPIs jurídicos que la oposición reclamó y que el Presidente del Gobierno prometió. Seguimos con leyes del siglo pasado para afrontar un reto global del siglo XXI.

Las Comunidades Autónomas (CCAA) gestionan la sanidad y son las que conocen sobre el terreno la situación de la salud pública de los ciudadanos, pero ello debe complementarse con una coordinación intensa que no existe. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acaba siendo muchas veces un escenario más de la confrontación entre el Gobierno y las CCAA dirigidas por partidos de diferente signo político. El Gobierno fue firme en el primer estado de alarma, pero ante las críticas por su gestión cedió en favor de las CCAA, sin promover la aprobación de una ley orgánica de emergencia sanitaria que sentase las bases de un sistema nacional de salud descentralizado, pero único. El resultado fue una desescalada a veces precipitada, no siempre primando la protección de la salud, y un anárquico tratamiento legal y sanitario de la segunda oleada de la epidemia. La remisión en abstracto a los expertos fue la excusa para aprobar un variopinto complejo de medidas de difícil comprensión y más si se hace un análisis comparado entre CCAA. A todo esto, utilizando en precario unos instrumentos legales inadecuados para adoptar decisiones referidas a la población en general y no sólo a la afectada por el virus.

La solicitud de ratificación judicial de las medidas también ha puesto de manifiesto la divergencia entre tribunales y el problema que supone que se dediquen a hacer juicios de proporcionalidad de las medidas, aplicando criterios tan inciertos e indiciarios como los utilizados por la autoridad gubernativa. Decidir si es excesivo limitar a seis personas la reunión en una terraza en una situación de pandemia no es una cuestión que deban resolver los tribunales. El disentimiento entre diferentes autos judiciales sobre asuntos similares es prueba de ello.

La dejación de funciones del Gobierno en favor de las CCAA es más preocupante en plena segunda ola de la pandemia y se refleja en el nuevo decreto del estado de alarma. La ley que lo regula confiere al Gobierno el mando único y permite una delegación de competencias en la autoridad autonómica. Pero lo que hace el decreto es dar un cheque en blanco a las CCAA, salvo en lo que se refiere al llamado toque de queda. En una situación tan dramática y urgente como la actual, el decreto establece unas drásticas medidas que, sin embargo, el Gobierno deja en suspenso hasta que sean activadas por libre decisión de cada CA. Es razonable que la delegación se haga para adoptar medidas dentro de la propia CA, pero no cuando el fenómeno del virus traspasa el ámbito autonómico, como es el caso de una pandemia. El cierre de una CA afecta a todas las limítrofes. Una CA podrá proponerlo, pero sólo puede decidirlo el Gobierno de la nación. Además, esas medidas autonómicas deben basarse en unos indicadores sanitarios previos para todo el territorio español, que ha de aprobar el Gobierno por sí o a propuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La tentación de singularizarse con ocurrencias ya se ha visto que es una desagradable evidencia y no una simple conjetura. Se añade a ello que las autoridades autonómicas únicamente están obligadas a comunicar al Ministro de Sanidad las decisiones adoptadas, aunque será éste el que deberá comparecer ante el Congreso para dar cuenta de la aplicación de las medidas previstas en el decreto. Parecemos un Estado federal y, viendo los casos de Cataluña y Madrid, casi confederal.

Las leyes se promulgan con la expresión “a todos los que la presenten vieren y entendieren”. Si se aplicase a las normas dictadas para frenar el Covid-19, habría que concluir que no son de obligado cumplimiento, porque al enredo jurídico de su redacción se une la perplejidad de contemplar cómo, en nombre de los expertos, se subasta el número de meses que durará el estado de alarma o cómo se decide metro en mano el aforo de locales y la distancia social, mientras metro en mano ciudadanos hacinados conviven con el virus bajo tierra en sus desplazamientos diarios.

Cuando el miedo al virus se sustituye por el miedo a las multas, cuando el desprecio a la vida es superado por el desprecio a la vida política, la lucha contra el Covid-19 no es sólo un fracaso político, es un fracaso social.

*Catedrático de Derecho Constitucional

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