Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

De jueces y elefantes

Vuelven de Madrid con el rostro desdibujado y el corazón desvanecido. Son aspirantes a la Carrera Judicial a los que un tribunal de oposiciones les ha denegado el acceso porque - les dicen - en su exposición oral no reprodujeron de forma literal los artículos de nuestro Código Civil. Es un reproche - a veces único- y una exigencia recurrente en los últimos años. ¡Literalidad, señor opositor! ¡Literalidad, señora opositora! O sea, no es que no sepan Derecho, ni adolezcan de falta de aptitud intelectual, ni de condiciones para el ejercicio de la función judicial. No, no, ¡quite usted!, es que, por lo visto, no recitan con ciega literalidad y verbo de papagayo el articulado del Código. No basta con que el opositor sepa y diga de modo certero su contenido; no, es que hay que reproducirlo literalmente, tal cual está escrito. Cualquiera diría que los tribunales gustan de rememorar viejos tiempos, aquellos de la Roma antigua en los que, según cuenta Cicerón, los niños aprendían la Ley de las XII Tablas de memoria, ut carmen necesarium (como canto o poema obligado). Es la vieja técnica con la que, de niños, nos embutían el viejo catecismo. Al recuerdo me vienen también aquellos personajes de la novela "Farenheit 451", de Ray Bradbury, que memorizaban grandes obras para conservarlas y transmitirlas oralmente con objeto de mantenerlas a salvo de los sátrapas pirómanos de la cultura y la libertad.

Pero, que se sepa, los códigos no dejarán de imprimirse ni de almacenarse en formatos digitales. Tampoco hay urgencia ni catástrofe anunciada que obligue al imponente esfuerzo de memorizarlos, a sangre y letra, ni es herramienta usual de trabajo la retención nemónica de los textos legales. Es igual, usted me viene aquí con los códigos debidamente memorizados, y literalmente, oiga.

Y yo me pregunto ¿qué añade la literalidad memorizada a la calidad del conocimiento? ¿Hemos de contarla entre las aptitudes y virtudes distintivas del juez? ¿A eso se reduce la prueba de la capacidades intelectuales del juez?

Por lo visto, en este país es condición sobrevalorada para acceder a la judicatura tener memoria de elefante; la oposición es, entonces, una suerte de competición entre memoristas paquidérmicos, donde obtendrá mayor reconocimiento quien más destaque en la hazaña del recitado ad litteram de los textos legales. Pero ¿qué clase de exigencia es esta? ¿A qué pauta intelectual responde?

Por si fuera necesario, debo aclarar que de ningún modo estoy en contra de la memoria ni de su cultivo ni de su utilidad, como tampoco lo estoy de la comprobación seria y rigurosa de los conocimientos jurídicos de los aspirantes y de su objetiva valoración. En absoluto. Lo afirmo como imprescindible, como no puede ser de otra forma. Pero ni una puntillosa fidelidad memorística es facultad que deba ser tomada en especial consideración, ni una irrazonable y desmedida estima de la memorización literal de textos legales puede servir como criterio discriminatorio y selectivo. Pero esos son los angostos, simplistas y rutinarios derroteros por donde discurren algunos tribunales. ¿Cuál es, en verdad, su modelo de juez? Desde luego no aquel al que se le reconoce competencia para interpretar los valores públicos contenidos en los textos legales.

Lo diré claramente. El rechazo de un opositor que acredita el conocimiento de nuestro derecho positivo, con la excusa de que, pese a ello, no memoriza literalmente el articulado de un código, dice bien poco del rango intelectual de los componentes del tribunal. Aún más, en mi opinión, no está cualificado para llevar a cabo la selección de jueces. Acaso la de algún tipo de funcionarios, pero no la de jueces.

Una y otra vez me revuelvo contra este método de selección de los integrantes de la judicatura mediante este tipo de oposiciones, tal como hoy se conciben y ponen en práctica, convertidas en un sistema bárbaro, abiertamente contrario a la razón, de resultados injustos, solo mantenido por mentes continuistas, propias de una España trasnochada, anclada en sus peores tradiciones, y por unos tribunales que, al paso del tiempo, han ido adquiriendo unos vicios y deformidades no entendibles en hombres de los que se espera el uso de la razón. En su lugar, defienden el sistema con argumentos acríticamente asumidos y sustentados como si de un tesoro intelectual inmutable se tratara, como un santo y seña corporativo.

Que los miembros de un tribunal despachen a un aspirante a juez, invocando como razón la no reproducción literal de los textos legales es, pura y simplemente, no ya una aflictiva ausencia de sentido y razón, sino una ocurrencia despiadada e irrazonable. Tal vez no alcance a entenderlo un memorioso elefante, pero los hombres de sentido común y buena voluntad, sí.

Compartir el artículo

stats