Si, como creo, la gran mayoría de la ciudadanía se habría opuesto a la emisión de la entrevista a Arnaldo Otegui en TVE; y a esto se añade que el pueblo español es titular de la soberanía nacional, que de él emanan todos los poderes del Estado y que está representado por las Cortes Generales, ¿cómo es posible que el Presidente del Gobierno (que es investido por el Congreso de Los Diputados cuando obtiene la confianza de la Cámara) pueda tomar una decisión contra la que está en contra la gran mayoría del pueblo al que representa? Planteado de otro modo: ¿puede alguien que es el presidente del Gobierno porque ha obtenido la confianza de la Cámara que representa al pueblo español tomar una decisión sabiendo que la ciudadanía a la que representa está en contra?

La respuesta es afirmativa porque, como vamos a ver, en nuestra Constitución está prohibido el mandato imperativo (art. 67 CE). Lo cual significa que cada diputado o senador representa a sus electores, pero en el ejercicio de su función representativa no está obligado a seguir las instrucciones de sus electores, sino actuar de la manera que considere más conveniente.

La explicación de que no los parlamentarios no estén sujetos el mandato imperativo obedece a que, según la Constitución, entre los ciudadanos y los parlamentarios hay un nuevo sujeto: la Nación y es ésta quien, como titular de la soberanía, dicta la verdadera voluntad del Estado. No hay, pues, una voluntad previa preexistente a la propia voluntad de la Nación, constituida por la suma de las voluntades de los electores ni tampoco por la de los parlamentarios electos. Éstos a través de los debates, las deliberaciones y las votaciones, contribuyen a configurar la voluntad nacional, pero no en función de los concretos intereses de sus electores, sino como miembros del Parlamento Nacional, auténtica expresión de la nueva soberanía. La prohibición del mandato imperativo convierte, por lo tanto, a los votantes en los sujetos que deben elegir a los miembros de las Cámaras, pero su voluntad no puede predeterminar en modo alguno la libre voluntad de los representantes elegidos.

Habrá quién piense -y no le falta razón- que, bien miradas las cosas, el problema del mandato imperativo no se produce hoy respecto de los parlamentarios y los electores, sino en la relación entre los parlamentarios y los partidos políticos a los que pertenecen, cuyas pretensiones deben encauzar si quieren ir efectivamente en las listas. Razón por la cual si bien es cierto que los diputados y senadores no tienen por qué obedecer a sus electores, también lo es que, en cambio, deben acatar y con toda fidelidad las instrucciones de sus partidos políticos.

Pues bien, si lo que antecede es cierto y, por tanto, no somos los electores los que conformamos la voluntad popular, sino que esta tarea corresponde a nuestros representantes, ¿tiene entonces plena libertad el presidente del Gobierno para decidir que se entreviste en el horario de máxima audiencia un antiguo dirigente de la banda terrorista ETA? La respuesta es afirmativa.

Cuándo Pedro Sánchez adoptó esa decisión tan rechazable ¿estaba representando el interés general de la ciudadanía? Formalmente sí, pero es claro que tomó una decisión contraria a la mayoría del pueblo español al que, sin duda, le repugnó ver el tratamiento que dio RTVE a un antiguo terrorista de una banda que asesinó alrededor de 840 españoles.

Pues bien, si no hay mecanismo alguno para impedir semejante acto de vejación a las victimas del terrorismo y, por extensión, a todo el pueblo español en el que reside la soberanía nacional ¿qué debe hacer la ciudadanía cuando el Presidente del Gobierno toma una decisión que reprueba la mayoría y que tufea a pago por algo que solo le interesa al propio Presidente? Dado los términos actuales de la Constitución nada que no sea tenerlo en cuenta para las próximas elecciones en las que se le podrá pasar factura por su gestión.

Con todo, y a la vista de lo hasta aquí dicho, soy de la opinión de que debería profundizarse sobre el alcance de la prohibición del mandato imperativo y habilitar alguna vía para que, en la relación de representación que existe entre el elector y el elegido, puedan tenerse en cuenta realidades, como la de entrevistar a un ex etarra, cuyo olvido o abstracción comportan, como dice Alba Navarro, el serio peligro de alejar a los ciudadanos y, en definitiva, al pueblo, de la propia participación democrática.

*Catedrático y escritor