En el alegato final del juicio, uno de los encausados ha dicho que "por parte de las acusaciones se ha buscado escarmentar, castigar una ideología" y otro ha denunciado "que se les quiere someter a un escarmiento a costa de lo que sea".

El escarmiento (castigo o reprensión severa dirigida a una persona con la intención de que escarmiente, es decir, que aprenda a no cometer un error o una falta) está emparentado con la venganza, como ya clamó en su día el que fue president: "Confunden la justicia con la venganza y el escarmiento", lema refrendado por su vicario: "El juicio representa un acto de venganza contra el pueblo de Cataluña".

Esta alusión al escarmiento, que no deja de ser una opinión respetable, es un juicio de intenciones que no se compadece con el ánimo del instructor de la causa ni del ministerio público, que han sido quienes han puesto a disposición del tribunal las pruebas relativas al procés, ocupación fundamental en estos cuatro meses.

Finalizada la vista oral, con las conclusiones finales de acusaciones y defensas se ha entrado en un tiempo de espera hasta que el tribunal dicte sentencia, en que el protagonismo corresponde en exclusiva a los siete magistrados.

Partiendo de la presunción de inocencia, las únicas que pueden derrotar la presunción son las pruebas. De ahí que ahora se trata de que el Tribunal aprecie si las que se han aportado acreditan, o no, la existencia de un delito de rebelión o sedición, como sostienen las acusaciones.

El más consonante de los defensores, Javier Melero, ha demostrado retórica y técnica jurídica, alejada de otras tentaciones, "no sé lo que es una defensa política". Y dispone de una innegable virtud al ser capaz de reconocer méritos a sus contrincantes, al tiempo que cuestiona los criterios y argumentos de la Fiscalía. Esto quizá tenga que ver con el deporte que se practica en el gimnasio, pues del boxeo aprecia la "fraternidad" entre los contendientes.

En su informe final ha exculpado al Ejecutivo catalán de la violencia, para lo cual se ha servido de la "ruptura del nexo de imputación", al no tener en su mano el poder de "imponer por la fuerza un marco normativo". Y se ha arrogado el papel de 'defensor' de los cuerpos policiales, de los que dice que no se les ampara dándoles coba, sino dejando claro que "adolecieron de un gravísimo déficit de organización".

Censura que se descalifique a toda una comunidad autónoma, proyectando una sospecha de deslealtad, se pregunta por qué los Mossos viven bajo la sospecha de estar al servicio del independentismo, acepta la apelación de violencia intimidatoria de 17.000 hombres armados y cede con gusto la trinchera de la desobediencia, no sin antes decir que esta ha sido un "cuerpo extraño y disfuncional" en el juicio.

En respuesta al meticuloso análisis jurídico del fiscal Cadena, que Melero enmarca en la que se ha dado en llamar "rebelión posmoderna", el letrado conjetura con que el delito de rebelión estaba pensado, históricamente, para el "cuartelazo", el alzamiento en armas. Y no entiende por qué el Estado no abordó la posibilidad de activar el estado de excepción o el estado de sitio, "la Guardia Civil no protegió el aeropuerto, no se reforzó ninguna infraestructura crítica, no se arrió bandera, ni se comunicó nada al cuerpo diplomático". Y concluye "aunque a alguien pueda molestarle esta versión de los hechos, todo el mundo acató la aplicación del artículo 155, que funcionó perfectamente".

Con una crítica categórica y, a mi juicio, excesiva, a la coordinación del dispositivo del referéndum, que denunció como un fraude, "nadie en el ministerio quería coordinarse, vinieron a hacer una intervención unilateral", el abogado defensor esgrimió que, desde el punto de vista policial, el cumplimiento del auto "fue un fracaso".

Desde otro ángulo, que tiene más que ver con los derechos fundamentales, la defensora Marina Roig consideró que más que un "alzamiento tumultuario", el referéndum fue un acto de "desobediencia civil colectiva". De ahí que la clave resida en determinar si el periodo insurreccional responde a un ejercicio del derecho de reunión o son hechos delictivos, ya que "criminalizar la movilización popular es un error que puede traer irremediables consecuencias para el ejercicio del derecho de manifestación en España".

La apelación a la unidad de España, según Roig, no puede enturbiar el entendimiento sobre ningún derecho fundamental y la libertad de expresión, al ser un derecho y no un privilegio, no puede estar sometida a autorización. Con estos presupuestos, sustenta que "la intención nunca fue impedir la actuación judicial, sino protestar por ella".

La "violencia jactanciosa" que habría manejado el ministerio fiscal, según el abogado defensor Mariano Bergés es un argumento artificioso, pues "no hubo rebelión porque no hubo violencia". En su opinión, la violencia debe formar parte del diseño de la rebelión, no puede ser sobrevenida, ya que lo que ocurrió el 1-O fueron "episodios sobrevenidos no planificados".

Tener una conducta disidente no es alzamiento, según Bergés. Se mire por donde se mire, "la actuación de los acusados no era capaz de modificar la voluntad del Estado, pues resistirse de forma pasiva a una actuación policial no puede ser un alzamiento con el que pretender la independencia, sino un conflicto político que trae causa de una crisis constitucional". Al rechazar la conspiración para la rebelión, su alegato incorpora un ingrediente esencial, como es que no se llamase a nadie a tomar las armas.

Esto pudiera llevar al tribunal a transitar otras opciones, como actos preparatorios para la rebelión, aunque las defensas insistan en que "el Estado sigue sin ofrecer una respuesta política a un problema político". Y para ello apelan a la sentencia, sin tener en cuenta que las consideraciones políticas, mal que les pese a procesados y defensores, no han tenido ningún peso en este juicio ni lo tendrán en la sentencia que se dicte. Sin olvidar que lo que se ha ventilado en las Salesas no es un desencuentro político, sino presumibles delitos que pudieran haber cometido quienes se han sentado en el banquillo.

La vista oral se ha celebrado a pesar de las tensiones y los temores de interrumpir el juicio que hayan podido gravitar en algunos momentos. Con el colofón de la última palabra, ocasión que algunos acusados han aprovechado para declarar que volverían a hacer lo que hicieron, hasta que la independencia catalana sea una realidad.

Por eso, lo esencial ha sido llegar al final, lo que no deja de ser una prueba de la fortaleza del sistema judicial y la división de poderes en España.