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Javier Sánchez de Dios.

Crónica Política

Javier Sánchez de Dios

Los fallos

A estas horas, y con la causa ante la Audiencia Nacional, los exdirectivos de "Pescanova" notarán sin duda que no les llega la camisa al cuerpo. Porque, respetando su derecho a la presunción de inocencia, e incluso aceptando que la mayor parte se consideren -además de proclamarse- inocentes, la fama de dureza que precede a los juzgadores está plenamente justificada: el volumen de las fianzas y de las penas que podrían corresponderles dada la petición por los supuestos diversos delitos les deja poco margen para salir con bien del atolladero.

Dicho eso, y en cierto modo con carácter general, parece necesaria una reflexión acerca de ciertos delitos y sus penas. Y no para compararlos con otros sino simplemente para subrayar que en no pocos casos sorprende que la administración desleal, la malversación o el cohecho supongan castigos más duros que el terrorismo con resultado de muerte, el homicidio o algún tipo de agresiones sexuales. Y eso sorprende a mucha gente que, no solamente por desconocimiento técnico, no lo encuentra razonable ni tampoco justo.

Cuanto queda expuesto, y conviene insistir en ello, no quiere decir que quien esto opina considere equivocadas o ciertas las acusaciones de la Audiencia. Solamente, y en uso del animus opinandi, que se enmarca en la libertad de expresión, reflexiona acerca de si hay lugar en las penas que se solicitan un margen que el Derecho Penal -y la Constitución- tienen por necesario: la rehabilitación de los posibles condenados. Y sin discutir otra necesaria libertad, la de criterio para los jueces, la dureza extrema no ayuda demasiado a esa otra finalidad.

El caso de "Pescanova" y sus calificaciones, como el que en su día resolvió la Audiencia Nacional sobre las acusaciones contra los exdirectivos de Novacaixagalicia, tiene un aspecto que indicaría que además del castigo que se reclama, se adjunta el objetivo del escarmiento en un momento en el que la convulsa sociedad española -y gallega- quizá la reclaman. Pero la calle sirve para lo que sirve, y difícilmente puede aceptarse sin más que condicione la Justicia. Entre otras razones porque si legislar en caliente no es aconsejable, sentenciar desde una elevada temperatura social, tampoco.

Lo más cierto, quizá lo único hasta el momento y a la espera de juicio y sentencia firme, es que sea cual fuere el resultado hay al menos dos grandes perjudicados. Uno es la propia firma mercantil, cuyos actuales gestores, y los trabajadores, nada tienen que ver con el problema -aunque seguramente están donde están por él- han pagado y quizá sigan haciéndolo todavía muchas de sus consecuencias. Otro es Galicia, una de cuyas referencias se ha convertido en modelo de lo que no se debe hacer en un momento determinado, y eso es un lastre que puede afectar a toda la marca sea cual fuere el fallo final. Por todo ello, y por sentido común y también el de lo común, es preciso determinar no sólo qué pasó, que lo dirán los tribunales, sino qué falló para que pasara. Y, después, poner remedio al o los fallos. Cuanto antes, mejor.

¿O no??

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