Al menos, esa es la situación en el Concello de Vigo desde que la Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017 declarase que determinados preceptos de una Ley Estatal -la de Haciendas Locales- "son inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor".

Como puede comprobarse, no se declara inconstitucional todo el impuesto y, además, se tiene que cumplir una condición para entender que sería inconstitucional exigir el impuesto: gravar incrementos de valor inexistentes.

La nueva situación hizo que el Concello de Vigo adoptase medidas para evitar, por un lado, que los contribuyentes tuviesen que pagar el impuesto improcedentemente y, por otro, evitar devoluciones futuras de las cantidades ingresadas. La solución fue sencilla: si en una transmisión, una compraventa -por ejemplo-, las escrituras de compra y de venta no demuestran la existencia de plusvalía, la declaración-liquidación es de 0 euros. De este modo, se evitan ingresos innecesarios por los contribuyentes y, también, devoluciones que sobrecarguen los servicios tributarios municipales. Por lo tanto, son falsas las manifestaciones de "afán recaudatorio" que se deslizan desde el PP de Vigo puesto que cualquier ciudadano puede comprobar que, en el Concello se le informa y asiste en la presentación de la declaración-liquidación del Impuesto sobre Plusvalía. Parece más eficiente dedicar el personal del servicio a informar y asistir que a tramitar un ingreso y una posterior devolución.

Este remedio no debe olvidar la necesidad de una solución definitiva del problema. El alcalde de Vigo y presidente de la FEMP, Abel Caballero, formuló al ministro de Hacienda -por aquel entonces, Sr. Montoro- una propuesta de modificación de la Ley de Haciendas Locales. Al carecer de la competencia para modificar leyes, los ayuntamientos necesitan que sea el Gobierno el que tramite el Proyecto de Ley. La propuesta de la FEMP planteaba dos modelos alternativos de los que se ha elegido el que se aplica en Vigo: no sujetar a tributación las plusvalías inexistentes y demostradas.

Pero, hasta que el Proyecto se haga Ley, no debe olvidarse que las Haciendas Locales no deben sufragar el coste de las devoluciones que, en algunos casos y en función del ayuntamiento de que se trate, puedan producirse. La elaboración de la Ley y la tramitación de la reforma es competencia del Estado, por lo que deben ser fondos estatales los que asuman la responsabilidad, por la acción u omisión, de nuestro legislador estatal. Es aquí donde se enmarca la petición del alcalde de Vigo para crear un fondo estatal del que pueda compensarse a los ayuntamientos que tengan que efectuar devoluciones. Es de Justicia.

*Concejal de Hacienda en el Ayuntamiento de Vigo