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La varita mágica del legislador

Se acerca el 6 de junio, una jornada que todos los jueces de instrucción y fiscales de España tienen señalada en sus calendarios. Medio año antes, el 6 de diciembre de 2015, entró en vigor la nueva redacción del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, donde se establece que el periodo de instrucción de los delitos deberá tener una duración máxima de seis meses. Ello significa que, también para aquellas causas que ya se estaban tramitando en los juzgados, el citado 6 de junio será la fecha tope para concluir sus respectivas investigaciones.

Si bien es cierto que la propia norma contempla la excepción de ampliar el plazo de la instrucción a dieciocho meses, dicha ampliación se reserva para supuestos tasados y excepcionales, en concreto para las investigaciones que recaigan sobre grupos u organizaciones criminales, las que tengan por objeto abundantes hechos punibles, las que involucren a un gran número de investigados o víctimas, las que exijan la realización de pericias o colaboraciones recabadas por el órgano judicial que conlleven el examen de abundante documentación o complicados análisis, las que impliquen la realización de actuaciones en el extranjero, las que precisen de la revisión de la gestión de personas jurídico-privadas o públicas, o las que traten sobre un delito de terrorismo. Fuera de esos supuestos, es decir, para la gran mayoría de los procedimientos penales, el límite para indagar y fiscalizar los hechos denunciados finaliza el próximo día 6 de junio.

Así, jueces y fiscales deberán revisar uno a uno todos los procedimientos penales abiertos y llevar a cabo dos análisis: el primero, para ver si encajan dentro de los supuestos de ampliación a dieciocho meses y, en caso contrario, el segundo, para comprobar si, con las diligencias y pruebas ya practicadas, existe base suficiente para acusar, dado que posteriormente no podrán decretarse más actos de investigación judicial.

La explicación a esta medida se halla en el tan comprensible como loable deseo de obtener una justicia más rápida y de que la incómoda situación transitoria de los imputados (ahora, investigados) resulte lo más breve posible. Sin embargo, tan elevados propósitos precisan de algo más que de buenas intenciones para ser efectivos. De nada sirve reflejar en un texto legal que los procesos judiciales durarán poco tiempo si dicha regulación no va acompañada del imprescindible aumento de medios materiales y humanos. Y, en este caso concreto, tanto el legislador que ha aprobado la norma, como el Gobierno que la ha puesto en funcionamiento, se han olvidado de facilitar a los afectados la varita mágica necesaria para que cumplan con los plazos establecidos. Abundando en esta idea, hace algunos días se reunió el Consejo Fiscal -con la Fiscal General del Estado a la cabeza- y, posteriormente, emitió un comunicado en el que aseguraba que "considerando los medios actuales, los términos del artículo 324 resultan de difícil o imposible cumplimiento". Consuelo Madrigal justificó así el incumplimiento de la previsión legal: "No es posible asegurar con certeza que a 6 de junio se hayan revisado todas las causas en tramitación, ni que el control pueda seguir realizándose en el futuro de manera completa". Además de la queja, solicitó del Ministerio "que se adopten las medidas adecuadas para corregir esta situación".

Pero no es solo el Consejo Fiscal. Las Asociaciones de Fiscales también han protestado de forma muy contundente. Desde la Unión Progresista de Fiscales se reiteró que el Ministerio Público no cuenta con medios suficientes para cumplir con los objetivos "electoralistas" de esta ley. Incluso desde la Asociación de Fiscales (tachada de más conservadora) se llegó a pedir a través de una nota que el Ejecutivo en funciones presidido por Mariano Rajoy suspendiera la vigencia del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal mediante un Decreto Ley, ya que la reforma del Gobierno "ha hecho realidad las peores previsiones, con los graves e inevitables perjuicios que eso va a ocasionar a la ciudadanía".

Sin embargo, desde el Ministerio de Justicia se niegan a aceptar la cruda realidad. Según Rafael Catalá, tanto a los jueces como a los fiscales sí se les proporcionó la varita mágica para cumplir los plazos imposibles, de modo que no se va a adoptar ninguna medida complementaria para paliar los efectos que irremediablemente comenzarán a tener lugar a partir del 6 de junio. Una nueva demostración de que nuestros dirigentes siguen viviendo, junto a Alicia, en el País de las Maravillas, y que desde allí legislan y gobiernan para quienes habitamos en el mundo real.

*Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Constitucional de la ULL

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