Opinión | EDITORIAL
La Ley de Planta debe permitir el desarrollo judicial de Vigo
Faro de Vigo
Las carencias judiciales de Vigo a lo largo de su historia han adquirido en ocasiones carácter de agravio e incluso de ofensa para con sus vecinos. De ahí que sea necesario estar muy atentos ante la reforma de la Ley de Planta y Demarcación que prepara el Gobierno, pues de ella dependerán en gran parte las dotaciones judiciales a las que pueda aspirar la primera urbe de Galicia, es decir, a que también en esta materia acabe por hacerse justicia con la ciudad.
El magistrado del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia Alfonso Villagómez Cebrián ha abierto oportunamente el debate, por medio de un artículo publicado en este periódico, al defender la conveniencia de que Vigo cuente con sedes de lo Contencioso Administrativo y de lo Social del Alto Tribunal gallego, en atención al elevado número de asuntos que se generan en su área metropolitana. Un argumento irrefutable si se tiene en cuenta que más de la mitad de los casos que recibe el Tribunal Superior de Galicia proceden del sur de la comunidad, con Vigo como epicentro de esa actividad.
Magistrados y procuradores vigueses no han dudado en defender que la ciudad albergue estas salas en un futuro. No es algo nuevo. Hace ya casi una década, la comisión de justicia que funcionaba en el Concello vigués y la asociación Xustiza e Sociedade plantearon la conveniencia de su implantación. Pero en aquella época la petición ni cuajó ni pasó de una tibia demanda, enfrascada como estaba Vigo en otras reclamaciones históricas, como las salas de la Audiencia Provincial, que tanto costó lograr.
Las dificultades que ha tenido que salvar Vigo para contar por fin con salas de la Audiencia y el Juzgado Mercantil son solo un ejemplo de las desventajas a que tiene que enfrentarse la primera ciudad de Galicia para conseguir lo que le corresponde en justicia, valga el juego de palabras. Y para muestra, un botón: lo descorazonador e inexplicable que resultó que el Gobierno central crease un segundo Juzgado de lo Mercantil en Pontevedra antes que en Vigo, pese a que esta ciudad se encuentra a años luz de las demás gallegas en casos mercantiles por su condición de motor industrial y empresarial de Galicia.
Vigo sufre como ninguna el encorsetamiento que suponen no solo los límites decimonónicos del partido judicial vigentes en el sistema de demarcación, sino el enorme lastre que implica el hecho de que la ley haya mantenido la capitalidad como el criterio para ubicar nuevos organismos, en vez de crearlos allí donde más falta hagan para dar un mejor servicio a los ciudadanos.
De ahí que la reforma de la Ley de Planta sea una oportunidad que Vigo no puede dejar pasar si aspira a corregir en los próximos años el déficit de dotaciones judiciales que soporta. La redacción de la nueva ley debería suprimir la capitalidad como criterio único a la hora de repartir órganos judiciales, pues resulta absurdo y discriminatorio. Lo lógico sería admitir también como baremo el volumen de casos que genera cada territorio. Es necesario acabar de una vez con esa inercia del legislador de actuar atendiendo al criterio de capitalidad, haciendo de aquella una fuerza centrípeta que todo lo distorsiona, en vez de guiarse por las necesidades reales del ciudadano allí donde se encuentre.
El artículo 78 de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite con carácter excepcional la creación de salas de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo con jurisdicción limitada a una o varias provincias de la misma comunidad cuando el número de asuntos "lo requiere", pero siempre con el requisito de que se deben ubicar en la capital. Solo tres comunidades cuentan con salas de sus tribunales superiores desplazadas: Andalucía (en Sevilla, que en el pasado fue audiencia territorial, y en Málaga, por la importancia de la ciudad y el volumen de asuntos); Canarias (con sede del TSJ en Las Palmas y salas desplazadas en Tenerife, una descentralización debida a las dificultades de comunicación entre las islas) y Castilla y León (con sede en Burgos y salas desplazadas en Valladolid, las dos antiguas audiencias territoriales). Existen pues precedentes, si bien en los tres casos las salas están ubicadas en capitales de provincia.
El informe de la comisión institucional constituida por el Gobierno con el fin de proponer las líneas maestras de la futura Ley de Planta aboga por la "concentración de la segunda instancia" en los tribunales superiores, pero abre la puerta a un desplazamiento de secciones "a aquellos territorios que, por sus dimensiones, realmente precisen de cierta desconcentración". Los juristas vigueses defienden que se elimine el requisito de la capitalidad vigente en la Ley Orgánica y que la nueva legislación asuma también como criterio el volumen de asuntos y de población, en vez de atender exclusivamente a razones territoriales.
Así pues, lo que toca ahora es conseguir que la ley que prepara el Ministerio de Justicia, como muy pronto para el final de esta legislatura, contemple la posibilidad de que ciudades como Vigo, por su tamaño, población y volumen de asuntos, puedan tener opción a estas dotaciones judiciales, es decir, que se eliminen las cortapisas actuales. Y una vez expedito el camino, tiempo habrá para estudiar si en verdad esa reivindicación es prioritaria para la ciudad o, en cambio, es más urgente conseguir una nueva sección civil para la Audiencia, por ejemplo, tal y como sostiene el decano de los abogados vigueses, Alfonso Álvarez Gándara. En una palabra, de lo que se trata es de que Vigo evite que se levanten ahora barreras legales que en un futuro más o menos inmediato lastren su desarrollo e impidan la correcta prestación de aquellos servicios que demanden los vigueses y en justicia les correspondan.
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