Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Mancomunidad

Entra en la segunda fase de exposición la ordenanza de la basura que modifica sanciones

El BOP publicó ayer el anuncio de aprobación del nuevo texto que estará en período de consulta durante un plazo de treinta días

Asamblea de la Mancomunidad de O Morrazo el pasado 2 de julio

Asamblea de la Mancomunidad de O Morrazo el pasado 2 de julio / Gonzalo Núñez

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Moaña

La Mancomunidade de Concellos de O Morrazo, que preside la alcaldesa de Moaña, Leticia Santos y que gestiona la recogida de la basura en la comarca, ha abierto el período de exposición pública de la nueva ordenanza para la gestión integrada de los residuos, que ya se había aprobado el 26 de marzo en junta de gobierno, pero tras las alegaciones, se atendió a la petición de que pasara por la asamblea para darle más seguridad jurídica. El pleno se celebró el pasado día 2 y la ordenanza se aprobó aunque con el voto en contra del PP y AV que ya avanzaron que habrá más alegaciones.

El anuncio de la exposición se publicó ayer en el BOP y se prolongará durante 30 días. El nuevo documento ya incluyó cambios tras el primer período de consulta en el que se presentaron 11 alegaciones por parte de las portavoces del PP y de AV, Dolores Hermelo y Victoria Portas, respectivamente; del ex alcalde popular de Cangas, José Manuel Chapela Seijo, de la Asociación vecinal Nós y de vecinos. Muchas fueron desestimadas como la de Chapela Seijo sobre las cuantías de las sanciones previstas en la ordenanza que responden al marco sancionador de la normativa estatal Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular o que los contenedores en el rural no puedan localizarse a más de 100 metros de las casas. De todas formas, la nueva ordenanza sí que incluyó cambios en las sanciones estimando parcialmente dos alegaciones de Victoria Portas. Alegaba que había contradicción entre la ordenanza fiscal que contempla bonificaciones al compostaje individual y la ordenanza reguladora que impone el compostaje como una obligación y genera la doble sanción de la pérdida del beneficio fiscal. Por eso, el nuevo texto clarifica la redacción de los artículos 48 y 49, que pasan a ser el 49 y 50, para evitar interpretar que el compostaje individual es la única modalidad posible de gestión de los biorresiduos y se establece como preferente en las viviendas que reúnan las condiciones, sin perjuicio de alternativas que pueda establecer la Mancomunidad. Se añade un nuevo artículo 16 que recoge uno de los acuerdos alcanzados con la hostelería para crear una red de establecimientos colaboradores como puntos de entrega voluntaria de determinadas fracciones de residuos domésticos de pequeña entidad, vinculados a la actividad de los propios establecimientos, para favorecer la recogida separada, la reutilización y el reciclaje.

En cuanto al régimen sancionador, se estima parcialmente una de las alegaciones coincidentes presentadas por 7 particulares, y se modifica el artículo 66.1 a) que pasa a ser 67.1 a) tras la incorporación del artículo 16, en el que se elimina la cantidad mínima de 300 euros en las sanciones leves y queda en la máxima de 2.000 euros. En cuanto a los horarios para depositar los residuos, se modifica el artículo 17 y serán comunicados por la Mancomunidad previamente a las personas titulares de los establecimientos.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents