Delito contra la seguridad vial
Multa de 2.000 euros y retirada del carné durante 18 meses por quintuplicar la tasa de alcohol en Bueu
Los hechos se remontan a septiembre de 2018
El juicio se aplazó por la pandemia y por la ausencia del acusado
El tribunal tuvo que dictar orden de busca y captura

Dos patrullas de la Guardia Civil circulan por Bueu. / Santos Álvarez
La Audiencia de Pontevedra ha confirmado la condena de más de 2.000 euros de multa y la retirada del carné de conducir durante un año y medio a un vecino de Cangas que fue interceptado por la Guardia Civil en Bueu cuando quintuplicaba la tasa máxima de alcohol. Los hechos ocurrieron en septiembre de 2018, pero el juicio se retrasó tanto por el confinamiento durante la pandemia como por la ausencia del propio acusado. Tanto es así que el juzgado tuvo que emitir una orden de búsqueda y captura para que compareciese ante los tribunales.
La sentencia considera probado que el conductor cangués circulaba en la madrugada del 14 de septiembre de 2018 por el lugar de Cividad cuando fue parado por un control de la Guardia Civil. Los agentes procedieron a realizarle la prueba de alcoholemia y en el primer test dio un resultado de 1,34. En la segunda esa tasa bajó a 1,31, pero en todo caso se trataba de un índice que multiplica por cinco el máximo permitido (0,25) y constituye un delito contra la seguridad del tráfico por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
La sección segunda de la Audiencia provincial ratifica ahora una sentencia de marzo de 2025 dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra, en la que se condena a este conductor a una multa de ocho euros diarios durante nueve meses, a pagar en plazos mensuales de 200 euros y que en total suman 2.160 euros, y a la retirada del carné de conducir durante un periodo de 18 meses.
La defensa del acusado intentó alegar dilaciones indebidas puesto que el delito ocurrió en septiembre de 2018 y el juicio no fue hasta marzo de 2025, por lo que solicitaba la revocación del fallo y que el tribunal competente volviese a dictar sentencia «apreciando dicha atenuante». La sección segunda de la Audiencia de Pontevedra rechaza este argumento y recuerda que a lo largo de este periodo se señaló en varias ocasiones fecha para enjuiciar los hechos. Esas vistas tuvieron que suspenderse porque coincidieron durante la etapa del confinamiento y por la propia ausencia del acusado. Hasta tal punto que en octubre de 2020 se dictó un auto de busca y captura y el hombre no fue localizado hasta junio de 2022.
El acusado ya cumplió el periodo de suspensión del carné de conducir debido a las medidas cautelares dictadas en su momento y ahora, tras el pronunciamiento de la Audiencia de Pontevedra, deberá hacer frente a la multa económica de 2.160 euros
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